Decreto 1441 de 1999, por el cual se autoriza a unos funcionarios de la Rama Judicial para aceptar una invitación - 4 de Agosto de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43290761

Decreto 1441 de 1999, por el cual se autoriza a unos funcionarios de la Rama Judicial para aceptar una invitación

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín43654

DIARIO OFICIAL 43.654 DECRETO 1441 02/08/1999 por el cual se autoriza a unos funcionarios de la Rama Judicial para aceptar una invitación. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 145 de la Ley 270 de 1996, CONSIDERANDO: Que el Consejo General del Poder Judicial Español, la Agencia Española de Cooperación Internacional con el soporte del Gobierno de Cataluña, la Escuela Judicial de España y la Escuela Judicial «Rodrigo Lara Bonilla», han formulado invitación a los doctores Javier Antonio Fernández Sierra, Magistrado del Tribunal Superior de Cundinamarca, Luis Alfredo Barón Corredor, Magistrado del Tribunal Superior de Santa Fe de Bogotá, Eudoro Fabián Vallejo Cabrera, Magistrado del Tribunal Superior de Cali y Jairo Londoño Jaramillo, Magistrado del Tribunal Superior de Pereira, para participar en el Proyecto «Aula Iberoamericana -Curso de Formación Especializada- Jurisdicción Social y el Nuevo Derecho del Trabajo», que se realizará del 4 al 22 de octubre de 1999, en la ciudad de la Coruña, España; Que la invitación comprende el pago de una beca para apoyar su estadía y participación en el evento; Que de acuerdo con lo preceptuado por el artículo 129 de la Constitución Política, «Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno»; Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley 270 de 1996, «Todos los funcionarios de la Rama Judicial deberán obtener la autorización del Presidente de la República para aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales y para celebrar...

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