Decreto número 1015 de 2012, por el cual se nombra Ministro del Interior. - 17 de Mayo de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 373303494

Decreto número 1015 de 2012, por el cual se nombra Ministro del Interior.

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín48433
21
Edición 48.433
Jueves, 17 de mayo de 2012 D I A R I O O F I C I A L
141 de 1994; los artículos y de la Ley 756 de 2002 y las demás
disposiciones que le sean contrarias.
El Presidente del honorable Senado de la República,
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El Secretario General del honorable Senado de la República,
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El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
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El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
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REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D.C., a los 17 de mayo de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
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El Ministro de Minas y Energía,
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El Director del Departamento Nacional de Planeación,
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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
DECRETOS
(mayo 17)
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales
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DECRETA:
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con la cédula de ciudadanía número 79523724 de Bogotá, como Director del Departamento
Administrativo de la Presidencia de la República.
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Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de mayo de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
DECRETO NÚMERO 1015 DE 2012
(mayo 17)
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales
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DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrase a partir de la fecha, al doctor Federico Rengifo Vélez, identi-
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Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de mayo de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
(mayo 17)
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales
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DECRETA:
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con la cédula de ciudadanía número 19465660 de Bogotá, como Ministro de Vivienda,
Ciudad y Territorio.
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Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de mayo de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
MINISTERIO DE HACIENDA
Y CRÉDITO PÚBLICO
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 1252 DE 2012
(mayo 15)
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CONSIDERANDO:
Que los artículos 19 de la Ley 1485 de 2011 y 22 del Decreto 4970 de 2011, disponen
que: “Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su
destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los
establecimientos públicos del orden nacional estas distribuciones se harán por resolución
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lo hará el representante legal de estos”.
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los casos en los cuales la distribución afecte el Presupuesto de otro órgano que haga parte
del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo, servirá de base para
disminuir las apropiaciones del órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor.
La ejecución presupuestal de estas deberá iniciarse en la misma vigencia de la distribución,
en caso de requerirse se abrirán subordinales.
Que en la Sección 1301-01 Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Gestión General,
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Sector Público, Objeto del Gasto 1 Orden Nacional, Ordinal 31 “Provisión para el proceso
electoral”, el cual requiere ser distribuido.
Que la Coordinadora de Grupo de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito
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de 2012 por $19.000.000.000.
RESUELVE:
Artículo 1°. Efectuar la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de funcio-

SECCIÓN 1301
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
UNIDAD 1301-01 GESTIÓN GENERAL
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
CUENTA 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
SUBCUENTA 2 TRANSFERENCIAS AL SECTOR PÚBLICO
OBJETO DEL GASTO 1 ORDEN NACIONAL
ORDINAL 31 PROVISIÓN PARA EL PROCESO ELECTORAL
RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES $19.000.000.000
TOTAL A DISTRIBUIR $19.000.000.000
DISTRIBUCIÓN
SECCIÓN 2801
REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
UNIDAD EJECUTORA 2801-01 GESTIÓN GENERAL
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
CUENTA 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
SUBCUENTA 2 TRANSFERENCIAS AL SECTOR PÚBLICO
OBJETO DEL GASTO 1 ORDEN NACIONAL
ORDINAL 31 PROVISIÓN PARA EL PROCESO ELECTORAL
RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES $19.000.000.000
TOTAL A DISTRIBUCIÓN $19.000.000.000
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y requiere
para su validez de la aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D. C., a 15 de mayo de 2012.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Aprobada:
El Director General del Presupuesto Público Nacional,

(C. F.).

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