DECRETO 250 RD 2922 - 4 de Agosto de 2003 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448970666

DECRETO 250 RD 2922

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2922 4 AGOSTO 2003
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 37 • Número 2922 • pP. 1-9 • 2003 AGOSTO 4 9
2 2 4 Administración Central 550.000.000
2 2 4 01 Aporte Ordinario 550.000.000
TOTAL INGRESOSTOTAL INGRESOS
TOTAL INGRESOSTOTAL INGRESOS
TOTAL INGRESOS 550.000.000550.000.000
550.000.000550.000.000
550.000.000
33
33
3GASTOSGASTOS
GASTOSGASTOS
GASTOS 550.000.000550.000.000
550.000.000550.000.000
550.000.000
3 33 3
3 33 3
3 3 INVERSIÓNINVERSIÓN
INVERSIÓNINVERSIÓN
INVERSIÓN 550.000.000550.000.000
550.000.000550.000.000
550.000.000
3 3 13 3 1
3 3 13 3 1
3 3 1 DIRECTADIRECTA
DIRECTADIRECTA
DIRECTA 550.000.000550.000.000
550.000.000550.000.000
550.000.000
3 3 1 113 3 1 11
3 3 1 113 3 1 11
3 3 1 11 BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo ladoBOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado
BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo ladoBOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado
BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado 550.000.000550.000.000
550.000.000550.000.000
550.000.000
3 3 1 11 033 3 1 11 03
3 3 1 11 033 3 1 11 03
3 3 1 11 03 JUSTICIA SOCIALJUSTICIA SOCIAL
JUSTICIA SOCIALJUSTICIA SOCIAL
JUSTICIA SOCIAL 550.000.000550.000.000
550.000.000550.000.000
550.000.000
3 3 1 11 03 18 Mejoremos el barrio y la casa 550.000.000
3 3 1 11 03 18 0166 Mejoramiento integral de barrios Proyecto SUR con Bogotá 550.000.000
TOTAL GASTOS E INVERSIÓNTOTAL GASTOS E INVERSIÓN
TOTAL GASTOS E INVERSIÓNTOTAL GASTOS E INVERSIÓN
TOTAL GASTOS E INVERSIÓN 550.000.000550.000.000
550.000.000550.000.000
550.000.000
211 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE - IDRD211 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE - IDRD
211 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE - IDRD211 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE - IDRD
211 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE - IDRD
22
22
2INGRESOSINGRESOS
INGRESOSINGRESOS
INGRESOS 500.000.000500.000.000
500.000.000500.000.000
500.000.000
2 22 2
2 22 2
2 2 TRANSFERENCIASTRANSFERENCIAS
TRANSFERENCIASTRANSFERENCIAS
TRANSFERENCIAS 500.000.000500.000.000
500.000.000500.000.000
500.000.000
2 2 4 Administración Central 500.000.000
2 2 4 01 Aporte Ordinario 500.000.000
TOTAL INGRESOSTOTAL INGRESOS
TOTAL INGRESOSTOTAL INGRESOS
TOTAL INGRESOS 500.000.000500.000.000
500.000.000500.000.000
500.000.000
33
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3GASTOSGASTOS
GASTOSGASTOS
GASTOS 500.000.000500.000.000
500.000.000500.000.000
500.000.000
3 33 3
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3 3 INVERSIÓNINVERSIÓN
INVERSIÓNINVERSIÓN
INVERSIÓN 500.000.000500.000.000
500.000.000500.000.000
500.000.000
3 3 13 3 1
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3 3 1 DIRECTADIRECTA
DIRECTADIRECTA
DIRECTA 500.000.000500.000.000
500.000.000500.000.000
500.000.000
3 3 1 113 3 1 11
3 3 1 113 3 1 11
3 3 1 11 BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo ladoBOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado
BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo ladoBOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado
BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado 500.000.000500.000.000
500.000.000500.000.000
500.000.000
3 3 1 11 053 3 1 11 05
3 3 1 11 053 3 1 11 05
3 3 1 11 05 AMBIENTEAMBIENTE
AMBIENTEAMBIENTE
AMBIENTE 500.000.000500.000.000
500.000.000500.000.000
500.000.000
3 3 1 11 05 27 Bogotá bella, construida y natural 500.000.000
3 3 1 11 05 27 3011 Desarrollo Infraestructura de Parques y Escenarios 500.000.000
TOTAL GASTOS E INVERSIÓNTOTAL GASTOS E INVERSIÓN
TOTAL GASTOS E INVERSIÓNTOTAL GASTOS E INVERSIÓN
TOTAL GASTOS E INVERSIÓN 500.000.000500.000.000
500.000.000500.000.000
500.000.000
ARTÍCULO 3o.-ARTÍCULO 3o.-
ARTÍCULO 3o.-ARTÍCULO 3o.-
ARTÍCULO 3o.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días delDado en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del
Dado en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días delDado en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del
Dado en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del
mes de agosto de dos mil tres (2003).mes de agosto de dos mil tres (2003).
mes de agosto de dos mil tres (2003).mes de agosto de dos mil tres (2003).
mes de agosto de dos mil tres (2003).
ANTANAS MOCKUS SIVICKASANTANAS MOCKUS SIVICKAS
ANTANAS MOCKUS SIVICKASANTANAS MOCKUS SIVICKAS
ANTANAS MOCKUS SIVICKAS
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
ISRAEL FAINBOIM YAKERISRAEL FAINBOIM YAKER
ISRAEL FAINBOIM YAKERISRAEL FAINBOIM YAKER
ISRAEL FAINBOIM YAKER
Secretario de Hacienda
Decreto Número 250Decreto Número 250
Decreto Número 250Decreto Número 250
Decreto Número 250
(Agosto 4 de 2003)(Agosto 4 de 2003)
(Agosto 4 de 2003)(Agosto 4 de 2003)
(Agosto 4 de 2003)
Por el cual se adiciona el Decreto 854 de 2001.Por el cual se adiciona el Decreto 854 de 2001.
Por el cual se adiciona el Decreto 854 de 2001.Por el cual se adiciona el Decreto 854 de 2001.
Por el cual se adiciona el Decreto 854 de 2001.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁEL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁEL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ
DISTRITO CAPITALDISTRITO CAPITAL
DISTRITO CAPITALDISTRITO CAPITAL
DISTRITO CAPITAL
En ejercicio de las facultades constitucionales yEn ejercicio de las facultades constitucionales y
En ejercicio de las facultades constitucionales yEn ejercicio de las facultades constitucionales y
En ejercicio de las facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por los artícu-legales, en especial las conferidas por los artícu-
legales, en especial las conferidas por los artícu-legales, en especial las conferidas por los artícu-
legales, en especial las conferidas por los artícu-
los 38, 39, 40, y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 ylos 38, 39, 40, y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 y
los 38, 39, 40, y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 ylos 38, 39, 40, y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 y
los 38, 39, 40, y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 y
CONSIDERANDO:CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO:CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley
1421 de 1993, el Alcalde Mayor de Bogotá es el repre-
sentante legal, judicial y extrajudicial del Distrito Capi-
tal;
Que el artículo 15 del Decreto 854 de 2001 delegó en
los Secretarios de Despacho, Directores de Departa-
mento Administrativo y Gerente de la Unidad Ejecutiva
de Servicios Públicos la representación judicial y
extrajudicial del Distrito Capital, en los procesos que
se adelanten con ocasión de los actos, hechos, omi-
siones u operaciones que aquellos organismos expi-
dan, realicen o en que incurran o participen a partir del
1º de enero de 2002.
Que el artículo 17 del Decreto 854 de noviembre de
2001 determina que los funcionarios en quienes se efec-
túan las delegaciones quedan investidos de las facul-
tades de notificarse, actuar conciliar judicial y
extrajudicialmente, designar y sustituir apoderados es-
peciales dentro de los términos de la ley, interponer
recursos, presentar memoriales, atender los requerimien-

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