DECRETO 262 RD2661 - 24 de Junio de 2002 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449167950

DECRETO 262 RD2661

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2661 24 JUNIO 2002
EmisorAlcaldia Mayor
8Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2661 Pp. 1-8
2.002-Junio-24
Año 36
204 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU
3GASTOS 7.300.000.000
3 3 INVERSIÓN7.300.000.000
3 3 1 DIRECTA 7.300.000.000
3 3 1 11 BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado 7.300.000.000
3 3 1 11 02 PRODUCTIVIDAD 2.300.000.000
3 3 1 11 02 10 Bogotá crece con razón 2.300.000.000
3 3 1 11 02 10 7193 Gestión de actuaciones urbanísticas 2.300.000.000
3 3 1 11 03 JUSTICIA SOCIAL 5.000.000.000
3 3 1 11 03 18 Mejoremos el barrio y la casa 5.000.000.000
3 3 1 11 03 18 7258 Mejoramiento de la infraestructura vial y de espacio público en los barrios 5.000.000.000
208 CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR
3GASTOS 4.150.000.000
3 3 INVERSIÓN4.150.000.000
3 3 1 DIRECTA 4.150.000.000
3 3 1 11 BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado 4.150.000.000
3 3 1 11 03 JUSTICIA SOCIAL 4.150.000.000
3 3 1 11 03 18 Mejoremos el barrio y la casa 4.150.000.000
3 3 1 11 03 18 3075 Reasentamientos de familias 4.150.000.000
ARTÍCULO 3o.- El presente Decreto rige a partir de la fecha
de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los veinticuatro
(24) días del mes de junio de dos mil dos
(2002).
ANTANAS MOCKUS SIVICKAS
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
ISRAEL FAINBOIM YAKER
Secretario de Hacienda
Decreto Número 262
(Junio 24 de 2002)
«Por el cual se modifica el detalle de los
ingresos del Presupuesto Anual del Distrito
Capital y se efectúa un ajuste
presupuestal».
El Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito
Capital, en uso de sus atribuciones,
legales, y especialmente las conferidas en
los artículos 63, 102 del Decreto 714 de
1996 y artículos 23 del Acuerdo 47 de
2001 y 23 del Decreto 954 de 2001 y,
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo 9 de 1990, se creó el Departamento
Técnico Administrativo del Medio Ambiente, como una enti-
dad de la Administración Central Distrital, con las funciones
de desarrollar y vigilar el plan de gestión ambiental, entre
otros.
Que el mencionado Acuerdo en su artículo 5° creó un fondo
de financiación encargado de garantizar las actividades rela-
cionadas con el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capi-
tal, su promoción y divulgación.
Que el parágrafo del Artículo 8° del citado Acuerdo estable-
ce que el Patrimonio de dicho fondo estará constituido entre
otros por:
a.- Los bienes que destinen las Entidades privadas o públicas
a cualquier título;
b.- Las asignaciones Presupuestales del Distrito Especial;
c.- Un porcentaje sobre los recursos que prevé la Ley 14 de
1983 a favor del Distrito y que será fijado en el acuerdo
Anual de Presupuesto.

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