Decreto 2770 de 2006, por el cual se transforma en ente autónomo a la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, y se dictan otras disposiciones. - 16 de Agosto de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43240746

Decreto 2770 de 2006, por el cual se transforma en ente autónomo a la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, y se dictan otras disposiciones.

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Nacional Abierta y a Distancia
Número de Boletín46362

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 20 de la Ley 790 de 2002,

CONSIDERANDO:

Que a partir de la vigencia de la Ley 396 de agosto 5 de 1997, la Unidad Universitaria del Sur de Bogotá, se denomina Universidad Nacional Abierta y a Distancia -UNAD- y se reconoce como establecimiento público de carácter nacional, con personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera, patrimonio independiente, adscrita al Ministerio de Educación Nacional;

Que el artículo 20 de la Ley 30 de 1992 señala que corresponde al Ministerio de Educación Nacional, previo concepto favorable del Consejo Nacional de Educación Superior, reconocer como universidad a las escuelas tecnológicas e instituciones universitarias;

Que mediante Resolución número 6215 de diciembre 22 de 2005, el Ministerio de Educación Nacional, verificó el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 20 de la Ley 30 de 1992 y reconoció el carácter académico de Universidad a la Universidad Nacional Abierta y a Distancia;

Que el artículo 57 de la Ley 30 de 1992 prevé que las universidades estatales y oficiales deben organizarse como entes universitarios autónomos, con régimen especial y vinculados al Ministerio de Educación Nacional en lo que se refiere a las políticas y la planeación del sector educativo;

Que se hace necesario transformar en ente universitario autónomo a la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD;

Que el artículo 20 de La Ley 790 de 2002, dispone que ¿las entidades educativas que dependan del Ministerio de Educación serán descentralizadas y/o convertidas en entes autónomos. En tal caso, el Gobierno Nacional garantizará con recursos del presupuesto general de la nación distintos a los provenientes del sistema general de participaciones y transferencias, su viabilidad financiera¿,

DECRETA:

CAPITULO I Artículo 1

Naturaleza y objeto

Artículo 1° Transformación

Transfórmese la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, en Ente Universitario Autónomo del orden nacional, con régimen especial en los términos de la Ley 30 de 1992, personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera; patrimonio independiente y capacidad para gobernarse, vinculado al Ministerio de Educación Nacional, conservando la misma denominación.

CAPITULO II Artículos 2 y 3

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