DECRETO 305 RD 5644 - 31 de Julio de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 587374138

DECRETO 305 RD 5644

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5644 31 JULIO 2015
EmisorALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5644 • pP. 1-1 • 2015 • JULIO 31
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
Decreto Número 305
(Julio 29 de 2015)
“Por el cual se realiza el anuncio de las obras
necesarias para la adecuación y puesta en
funcionamiento de los equipamientos de
transporte e infraestructura de soporte para el
Sistema Integrado de Transporte Público – SITP
para Bogotá D. C. y se declara condiciones de
urgencia por motivos de utilidad pública para la
adquisición de los inmuebles necesarios para
ese efecto y se dictan otras disposiciones.”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de las atribuciones que le confiere
el Decreto - Ley 1421 de 1993, artículo 38
numerales 1, 3 y 4; y los artículos 55, 59 y 64 de
la Ley 388 de 1997; y el artículo 5 de la Ley 1682
de 2013; y el artículo 1 del Decreto Nacional 2729
de 2012 en concordancia con lo dispuesto en
el Acuerdo Distrital 15 de 1999 expedido por el
Concejo Distrital de Bogotá D.C. y
CONSIDERANDO:
ce: “…por motivos de utilidad pública o interés social
denidos por el legislador, podrá haber expropiación
mediante sentencia judicial e indemnización previa, la
cual se jará consultando los intereses de la comunidad
y del afectado, y que en los casos que determine el
legislador, dicha expropiación podrá adelantarse por
vía administrativa…”.
Que de conformidad con el inciso 4º del artículo 322
de la Constitución Política es obligación de las auto-
ridades distritales: “garantizar el desarrollo armónico
e integrado de la ciudad y la eciente prestación de
servicios a cargo del Distrito; a las locales, la gestión
de los asuntos propios de su territorio”.
Que el numeral 3° del artículo 38 del Decreto Ley 1421
de 1993, señala como atribución del Alcalde Mayor,
dirigir la acción administrativa y asegurar el cumpli-
miento de las funciones, la prestación de los servicios
y la construcción de las obras a cargo del Distrito.
Que el Acuerdo Distrital 15 de 1999, asignó al Alcalde
Mayor del Distrito Capital la competencia para declarar
las condiciones de urgencia que autoricen la proce-
dencia de la expropiación por vía administrativa del
derecho de propiedad y demás derechos reales que
recaen sobre inmuebles en el Distrito Capital, según
lo dispuesto en los artículo 63, 64 y 65 de la Ley 388
de 1997.
Que el artículo 3° de la Ley 388 de 1997, establece:
“El ordenamiento del territorio constituye en su con-
junto una función pública, para el cumplimiento de
los siguientes nes: 1. Posibilitar a los habitantes el
acceso a las vías públicas, infraestructuras de trans-
porte y demás espacio públicos y su destinación al
uso común, (…)”.
Que el artículo 58 de la Ley 388 de 1997, dispone que
para efectos de decretar la expropiación, se declara de
utilidad pública o interés social la adquisición de inmue-
bles para destinarlos, entre otros a los siguientes nes:
“c) Ejecución de programas y proyectos de renovación
urbana y provisión de espacios públicos urbanos” y “e)
Ejecución de programas y proyectos de infraestructura
vial y de sistemas de transporte masivo”.
Que el artículo 63 de la Ley 388 de 1997, determina que
existen motivos de utilidad pública o de interés social
para expropiar por vía administrativa el derecho de
propiedad y los demás derechos reales sobre terrenos
e inmuebles, cuando conforme a las reglas señaladas
por la citada Ley, la autoridad administrativa compe-
tente considere que existen especiales condiciones de
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 49
Número 5644
2015 juLio 31
DECRETO DE 2015

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