DECRETO 305 RD 5644
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 5644 31 JULIO 2015 |
Emisor | ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5644 • pP. 1-1 • 2015 • JULIO • 31
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
Decreto Número 305
(Julio 29 de 2015)
“Por el cual se realiza el anuncio de las obras
necesarias para la adecuación y puesta en
funcionamiento de los equipamientos de
transporte e infraestructura de soporte para el
Sistema Integrado de Transporte Público – SITP
para Bogotá D. C. y se declara condiciones de
urgencia por motivos de utilidad pública para la
adquisición de los inmuebles necesarios para
ese efecto y se dictan otras disposiciones.”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de las atribuciones que le confiere
el Decreto - Ley 1421 de 1993, artículo 38
la Ley 388 de 1997; y el artículo 5 de la Ley 1682
de 2013; y el artículo 1 del Decreto Nacional 2729
de 2012 en concordancia con lo dispuesto en
el Acuerdo Distrital 15 de 1999 expedido por el
Concejo Distrital de Bogotá D.C. y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 58 de la Constitución Política estable-
ce: “…por motivos de utilidad pública o interés social
denidos por el legislador, podrá haber expropiación
mediante sentencia judicial e indemnización previa, la
cual se jará consultando los intereses de la comunidad
y del afectado, y que en los casos que determine el
legislador, dicha expropiación podrá adelantarse por
vía administrativa…”.
de la Constitución Política es obligación de las auto-
ridades distritales: “garantizar el desarrollo armónico
e integrado de la ciudad y la eciente prestación de
servicios a cargo del Distrito; a las locales, la gestión
de los asuntos propios de su territorio”.
Que el numeral 3° del artículo 38 del Decreto Ley 1421
de 1993, señala como atribución del Alcalde Mayor,
dirigir la acción administrativa y asegurar el cumpli-
miento de las funciones, la prestación de los servicios
y la construcción de las obras a cargo del Distrito.
Que el Acuerdo Distrital 15 de 1999, asignó al Alcalde
Mayor del Distrito Capital la competencia para declarar
las condiciones de urgencia que autoricen la proce-
dencia de la expropiación por vía administrativa del
derecho de propiedad y demás derechos reales que
recaen sobre inmuebles en el Distrito Capital, según
de 1997.
Que el artículo 3° de la Ley 388 de 1997, establece:
“El ordenamiento del territorio constituye en su con-
junto una función pública, para el cumplimiento de
los siguientes nes: 1. Posibilitar a los habitantes el
acceso a las vías públicas, infraestructuras de trans-
porte y demás espacio públicos y su destinación al
uso común, (…)”.
Que el artículo 58 de la Ley 388 de 1997, dispone que
para efectos de decretar la expropiación, se declara de
utilidad pública o interés social la adquisición de inmue-
bles para destinarlos, entre otros a los siguientes nes:
“c) Ejecución de programas y proyectos de renovación
urbana y provisión de espacios públicos urbanos” y “e)
Ejecución de programas y proyectos de infraestructura
vial y de sistemas de transporte masivo”.
Que el artículo 63 de la Ley 388 de 1997, determina que
existen motivos de utilidad pública o de interés social
para expropiar por vía administrativa el derecho de
propiedad y los demás derechos reales sobre terrenos
e inmuebles, cuando conforme a las reglas señaladas
por la citada Ley, la autoridad administrativa compe-
tente considere que existen especiales condiciones de
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 49
Número 5644
2015 • juLio • 31
DECRETO DE 2015
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