Decreto 280 de 2007, por el cual se modifica el Decreto 1615 de 2003. - 31 de Enero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352546606

Decreto 280 de 2007, por el cual se modifica el Decreto 1615 de 2003.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46528

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las previstas en el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto-ley 254 de 2000,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Modifíquese el artículo 46 del Decreto 1615 de 2003, adicionado y modificado por los Decretos 274 y 2526 de 2006, el cual quedará así:

``Artículo 46. Efectos de la terminación del proceso liquidatorio de Telecom en Liquidación, en relación con el Parapat y el PAR. Producido el cierre del proceso liquidatorio y la extinción de la personería jurídica de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom en Liquidación, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Despacho del Ministro, ocupará la posición de fideicomitente en los contratos de fiducia mercantil celebrados para constituir el Parapat y el PAR, y exclusivamente respecto a sus derechos, hasta el 31 de julio de 2007.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Despacho del Ministro, ejercerá la función de coordinación entre el Parapat y el PAR para que efectivamente cumplan su finalidad, hasta la fecha señalada en el inciso 1o de este artículo''.

ARTÍCULO 2o VIGENCIA

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 31 de enero de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

ALBERTO CARRASQUILLA...

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