Decreto 4317 de 2004, por el cual se reglamenta el Fondo Nacional Ambiental, Fonam. - 22 de Diciembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352555046

Decreto 4317 de 2004, por el cual se reglamenta el Fondo Nacional Ambiental, Fonam.

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín45770

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 89 de la Ley 99 de 1993,

DECRETA:

DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN.

ARTÍCULO 1o NATURALEZA

El Fondo Nacional Ambiental, Fonam, es un sistema especial de manejo de cuentas del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, con personería jurídica, patrimonio independiente, sin estructura administrativa ni planta de personal y con jurisdicción en todo el territorio nacional.

ARTÍCULO 2o DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL FONAM

La dirección y administración del Fonam está a cargo del Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y del Consejo de Gabinete.

Las actuaciones y decisiones del Ministro de Ambie nte, Vivienda y Desarrollo Territorial y el Consejo de Gabinete, deberán estar enmarcadas en:

· El Plan Nacional de Desarrollo.

· La Política Ambiental.

· El Plan de Acción del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

PARÁGRAFO. El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial es el representante legal y ordenador del gasto del Fonam.

ARTÍCULO 3o FUNCIONES DEL CONSEJO DE GABINETE

Son funciones del Consejo de Gabinete:

  1. Definir las políticas administrativas, financieras y operativas del Fonam.

  2. Adoptar el reglamento operativo del Fonam, que contendrá como mínimo los criterios y procedimientos para el manejo y ejecución de los recursos asignados a las diferentes líneas

    de financiación del Fondo.

  3. Aprobar los proyectos a financiar con recursos provenientes de la Línea de Financiación por Demanda de Proyectos de Inversión Ambiental.

  4. Aprobar el Plan Operativo de Inversión Anual para las subcuentas de la línea de recaudo y ejecución de recursos con destinación específica.

  5. Determinar los procedimientos y mecanismos para el seguimiento y control de las subcuent as del Fonam.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR