Decreto 777 de 2004, por el cual se modifica el artículo 10 del Decreto 1350 de 2003. - 16 de Marzo de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352555854

Decreto 777 de 2004, por el cual se modifica el artículo 10 del Decreto 1350 de 2003.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín45492

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 2o de la Ley 643 de 2001,

DECRETA:

ARTÍCULO 1 El artículo 10 del Decreto 1350 de 2003 quedará así:
Artículo 10 Formato del formulario único sistematizado

Los formularios para el juego de apuestas permanentes o chance que sean diligenciados en forma sistematizada, deberán ser emitidos por la entidad concedente, impresos en papel de seguridad, agruparse en rollos u hojas continuas, la numeración será consecutiva u homologada en un número serial único de identificación de cada jugada y sus dimensiones determinadas por la entidad concedente, donde a través del sistema se puedan verificar los datos de expedición d el formulario: fecha, valor apostado y ciudad.

Cuando el juego se realice en línea y en tiempo real, en el papel de seguridad suministrado por la entidad concedente, deberá diligenciarse el formulario con la información preconfigurada por el sistema, la cual corresponderá a la prevista para el formulario único de apuestas permanentes o chance, la numeración será consecutiva u homologada en un número serial único de identificación de cada jugada donde a través del sistema se puedan verificar los datos de expedición del formulario: fecha, valor apostado, ciudad, hora y terminal.

La entidad concedente deberá inspeccionar y revisar los sistemas dispuestos para la operación con el fin de verificar su integridad y la información generada por los mismos.

PARÁGRAFO. En los formularios utilizados para la operación del juego de apuestas permanentes sistematizado, podrán cursarse otros juegos de suerte y azar que se encuentren debidamente autorizados y que se operen en forma similar.

El sistema debe garantizar que cada juego sea individualizado en...

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