Decreto 1754 de 2004, por el cual se promulga el "Acuerdo de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, suscrito en la Ciudad de México, el siete (7) de diciembre de mil novecientos noventa y ocho (1998). - 4 de Junio de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352556854

Decreto 1754 de 2004, por el cual se promulga el "Acuerdo de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, suscrito en la Ciudad de México, el siete (7) de diciembre de mil novecientos noventa y ocho (1998).

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín45569

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 7ª del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1o dispone que los tratados, convenios, convenciones, acuerdos, arreglos u otros actos internacionales aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas, mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;

Que la misma ley en su artículo segundo ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;

Que el Congreso de la República, mediante Ley 705 del 21 de noviembre de 2001, publicada en el Diario Oficial número 44.628 del 27 de noviembre de 2001, aprobó el "Acuerdo de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos", suscrito en la Ciudad de México, el 7 de diciembre de 1998;

Que la Corte Constitucional, por medio de la Sentencia C-715/2002 del 3 de septiembre de 2002, declaró exequible la Ley 705 del 21 de noviembre de 2001 y el "Acuerdo de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos", suscrito en la Ciudad de México, el 7 de diciembre de 1998;

Que mediante Nota Verbal número 1341/99 del 2 de junio de 1999, el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos notificó el cumplimiento de los requisitos exigidos por su legislación nacional y en el mismo sentido el Gobierno de la República de Colombia remitió la Nota Diplomática DM./OAJ.CAT. número 38349 del 16 de octubre de 2003. En consecuencia el citado instrumento internacional entró en vigor el 16 de octubre de 2003 de conformidad a lo previsto en su artículo VIII,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Promúlgase el "Acuerdo de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos", suscrito en la Ciudad de México, el siete (7) de diciembre de mil novecientos noventa y ocho (1998).

(Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del "Acuerdo de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos", suscrito en la Ciudad de México, el 7 de diciembre de 1998).

ARTÍCULO 2o El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de junio de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La Ministra de Relaciones Exteriores,

CAROLINA BARCO ISAKSON.

ACUERDO DE COOPERACION TURISTICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS...

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