Decreto 2079 de 2003, por el cual se reglamenta el artículo 12 de la Ley 810 de 2003. - 28 de Julio de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352564902

Decreto 2079 de 2003, por el cual se reglamenta el artículo 12 de la Ley 810 de 2003.

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín45262

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o PROCEDIMIENTO PARA APROBAR LAS REVISIONES

Las revisiones y ajustes a los Planes de Ordenamiento Territorial a que hace referencia el artículo 12 de la Ley 810 de 2003, se someterán a los mismos trámites de concertación, consulta y aprobación previstos en los artículos 24 y 25 de la Ley 388 de 1997.

PARÁGRAFO. En todo caso, la revisión y ajuste de los Planes de Ordenamiento o de alguno de sus contenidos procederá cuando se cumplan las condiciones y requisitos que para tal efecto se determinan en la Ley 388 de 1997 y en sus decretos reglamentarios.

ARTÍCULO 2o El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de julio de 2003.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

CECILIA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ RUBIO.

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