Decreto 147 de 2002, por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas. - 31 de Enero de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352569226

Decreto 147 de 2002, por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas.

EmisorMinisterio de Comercio Exterior
Número de Boletín44693

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artícu lo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6a. de 1971 y 7a. de 1991,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Incorporar en el Capítulo 98 del Arancel de Aduanas, la siguiente Nota Complementaria Nacional:

"Los gravámenes arancelarios que se aplicarán a las partes, materias primas y materiales para la producción de autopartes, así como para la producción de materiales para el ensamble de vehículos, que importen las industrias de transformación o ensamble del sector de autopartes y materiales para el ensamble de vehículos, debidamente autorizadas por el Ministerio de Desarrollo Económico, se liquidarán por unidad producida dentro del correspondiente depósito de transformación o ensamble.

Las autopartes y materiales producidos en dichos depósitos, que cumplan con los requisitos de origen establecidos en la Decisión 416 del Acuerdo de Cartagena y/o en la Resolución 323 de la Secretaría General de la Comunidad Andina, tendrán un gravamen del 0%. En caso...

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