Decreto 459 de 2000, por el cual se dictan normas relacionadas con los plaguicidas genéricos. - 22 de Marzo de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353336046

Decreto 459 de 2000, por el cual se dictan normas relacionadas con los plaguicidas genéricos.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín43944

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 9a. de 1979 y el ordinal 7.9. del artículo 4o. de la Ley 508 de 1999,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Adóptase la siguiente definición de plaguicida genérico:

Plaguicida genérico: Es aquel plaguicida que se encuentra en estado de la técnica y se considera de dominio público.

ARTÍCULO 2o

Para la expedición del Concepto Toxicológico, de la Licencia Ambiental y del Registro de Venta de los plaguicidas genéricos no será necesaria la presentación de los estudios toxicológicos, ni la caracterización del producto para evaluación de impacto ambiental, ni las pruebas de eficacia, cuando el Ministerio de Salud, el Ministerio del Medio Ambiente o el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, respectivamente, hayan expedido con anterioridad dicho concepto, licencia o registro para el mismo plaguicida, siempre que se trate de las mismas características y usos del producto anteriormente evaluado y que las mencionadas autoridades se basen exclusivamente en la información de carácter público de acuerdo con las disposiciones del ordenamiento jurídico andino.

PARÁGRAFO. Para comprobar que el plaguicida genérico del cual se solicita concepto toxicológico, licencia ambiental y registro de venta es el mismo plaguicida antes evaluado, el solicitante deberá presentar un certificado de análisis químico cualitativo y cuantitativo de los ingredientes activos y un certificado de composición química del producto formulado, emitidos por un laboratorio nacional o internacional debidamente registrado ante el ICA, en los cuales se demuestre que el perfil del ingrediente activo grado técnico, de los aditivos en la formulación e impurezas están dentro...

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