Decreto 2647 de 1999, por el cual se señala el salario mínimo legal. - 23 de Diciembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353338454

Decreto 2647 de 1999, por el cual se señala el salario mínimo legal.

EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Número de Boletín43827

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las atribuciones que le confiere el

parágrafo del artículo 8o. de la Ley 278 de 1996,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1o. de la Constitución Política de Colombia consagra el trabajo como uno de los principios fundamentales del Estado Social de Derecho Colombiano;

Que el artículo 25 de la Constitución Política de Colombia establece que: "El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la protección especial del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas";

Que el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia consagra la "remuneración mínima, vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo" como uno de los principios mínimos fundamentales de la ley laboral colombiana;

Que el literal d) del artículo 2o. de la Ley 278 de 1996, establece que la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Laborales y Salariales a que se refiere el artículo 56 de la Constitución Política, tiene la función de: "Fija de manera concertada el salario mínimo de carácter general teniendo en cuenta que se debe garantizar una calidad de vida digna para el trabajador y su familia";

Que el parágrafo del artículo 8o. de la referida ley expresa que: "Cuando definitivamente no se logre consenso en la fijación del salario mínimo para el año inmediatamente siguiente, a más tardar el treinta (30) de diciembre de cada año el Gobierno lo determinará teniendo en cuenta como parámetros la meta de inflación del siguiente año fijada por la Junta del Banco de la República y la productividad acordada por el comité tripartito de productividad que coordina el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; además, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el incremento del Producto Interno Bruto, PIB, y el Indice de Precios al Consumidor, IPC";

Que la Corte Constitucional, en Sentencia C-815 de 1999, declaró exequible la norma citada, en el entendido de que "al fijar el salario mínimo en caso de no haberse logrado el consenso en la Comisión...

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