Decreto 119 de 1998, por el cual se asignan y distribuyen funciones en algunas dependencias de la Dirección General del Ministerio de Defensa Nacional.
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
Número de Boletín | 43220 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades que le confieren los numerales 11 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
En desarrollo del marco general de competencia constitucional y legal y sin perjuicio de las demás funciones asignadas por la Carta y las demás disposiciones sobre la materia, el Ministro de Defensa Nacional ejercerá las siguientes:
-
Preparar los proyectos de ley relacionados con el ramo de Defensa Nacional.
-
Preparar los proyectos de decretos y resoluciones ejecutivas que deben dictarse en ejercicio de las atribuciones que le corresponden al Presidente de la República como suprema autoridad administrativa, en los aspectos de la Defensa Nacional y ejecutar las órdenes del Presidente que se relacionan con tales atribuciones.
-
Cumplir las funciones y atender los servicios que le están asignados y dictar en desarrollo de la ley y de los decretos respectivos, las normas necesarias para tal efecto.
-
Preparar los programas de inversiones y otros desembolsos públicos correspondientes al sector y a los planes de desarrollo del mismo.
-
Contribuir a la formulación de la política del Gobierno en el Ramo de Defensa Nacional y adelantar su ejecución.
-
Diseñar y recomendar al Presidente de la República la estrategia de defensa y seguridad nacional, así como las políticas para su ejecución.
-
Definir políticas para la adopción y ejecución de los planes, programas y proyectos de inversión y funcionamiento para la adecuada operación del Ministerio de Defensa Nacional y de sus entidades adscritas y vinculadas.
-
Establecer políticas, planes y programas en materia de contratación estatal y suscribir los actos, negocios y contratos relativos a los asuntos propios del Ministerio, todo de conformidad con las normas generales sobre la materia.
-
Ejercer la dirección, evaluación y el control interno de gestión sobre el personal y los recursos de todo orden asignados al Ministerio de Defensa Nacional, así como ejercer el control de tutela gubernamental sobre las entidades adscritas y vinculadas.
-
Asignar a organismos, dependencias o funcionarios subalternos el cumplimiento de tareas especificadas dentro del ámbito de su respectiva competencia ordinaria.
-
Delegar en dependencias y funcionarios subalternos el ejercicio de aquellas funciones que por su naturaleza y cuantía así lo requieran, con arreglo a la ley.
-
Cumplir las demás funciones especiales que determine la ley o que le asigne el Presidente de la República.
Son funciones del Viceministro las siguientes:
-
Asistir al ministro en la formulación de la política con relación a las entidades descentralizadas del sector...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba