Decreto 2208 de 1997, por el cual se aprueba una reforma de los estatutos de "Fiduagraria S. A. " - 11 de Septiembre de 1997 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353480818

Decreto 2208 de 1997, por el cual se aprueba una reforma de los estatutos de "Fiduagraria S. A. "

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín43126

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere el Decreto 1050 de 1968,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Aprobar la reforma del artículo diecinueve de los estatutos sociales de la "Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S

A. Fiduagraria S. A." autorizada por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 24 de junio de 1997, el cual quedará.

"Artículo 19. Composición:

La Junta Directiva está integrada por cinco (5) miembros principales con su respectivos suplentes personales. La Junta Directiva se encuentra integrada por:

  1. El Presidente de la Caja Agraria. La suplencia será ejercida por un funcionario del nivel directivo, asesor o ejecutivo de la Caja Agraria, o cualquier otra persona, elegidos en cualquiera de los casos por la Asamblea General de Accionistas de Fiduagraria S. A.

  2. Dos miembros de la Junta Directiva de la Caja Agraria, elegidos por la Asamblea General de Accionistas de Fiduagraria S. A. La suplencia de cada uno de estos miembros principales será ejercida por un funcionario del nivel directivo, asesor o ejecutivo o un miembro de la Junta Directiva de la Caja Agraria, o cualquier otra persona, elegidos en cualquiera de los casos por la Asamblea General de Accionistas de Fiduagraria S. A.

  3. Dos miembros principales con sus respectivos suplentes, elegidos por la Asamblea General de Accionistas.

El período de los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva elegidos por la Asamblea General de Accionistas es de un año, sin embargo, unos y otros pueden ser removidos por la Asamblea General de Accionistas o reelegidos; si vencido este período la Asamblea no efectúa nuevas designaciones se entenderá prorrogado su mandato hasta que se efectúe la designación y se posesionen debidamente.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR