Decreto 2259 de 1997, por el cual se corrige un yerro en el Decreto 1691 del 27 de junio de 1997, que fusiona el FlS a Findeter.
Emisor | Departamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública |
Número de Boletín | 43131 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en desarrollo de lo previsto en el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, Código de Régimen Político y Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 5o del Decreto 1691 del 27 de junio de 1997 establece:
"Dirección de la Cuenta Especial. El Director de la Cuenta Especial a que hace referencia el artículo 3o del presente decreto, será designado por el Presidente de la República";
Que el artículo 3o del referido decreto trata de la fecha en la cual deben estar trasladados los recursos del FIS a la Financiera de Desarrollo Territorial S. A., Findeter, mientras que el artículo 4o del Decreto 1691, en su inciso 1o se refiere a la cuenta especial;
Que de conformidad con los considerandos anteriores, no existe duda alguna en cuanto a que la voluntad del Gobierno, como legislador temporal fue citar el artículo 4o y no el 3o en el artículo 5o del Decreto 1691 de 1997;
Que el artículo 45 de la Ley 4o de 1913, Código de Régimen Político y Municipal preceptúa que los yerros caligráficos o tipográficos en las citas o referencias de unas leyes a otras no perjudicarán y deberán ser modificados por los respectivos funcionarios, cuando no quede duda en cuanto a la voluntad del legislador,
DECRETA:
"Artículo 5o. Dirección de la Cuenta Especial. El Director de la cuenta especial a que hace referencia el artículo 4o del presente Decreto, será designado por el Presidente de la República".
PUBLÍQUESE Y...
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