Decreto 2741 de 1997, por el cual se establece la estructura interna de la Unidad de Planeación Minero-Energética y se determinan las funciones de sus dependencias.
Emisor | Ministerio de Minas y Energía |
Número de Boletín | 43175 |
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 3o. del Decreto-ley 1683 de 1997.
DECRETA:
De conformidad con lo establecido en el Decreto 2119 de 1992, la Ley 143 de 1994 y el Decreto 28 de 1995, las siguientes son las funciones de la Unidad de Planeación Minero-Energética, Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Minas y Energía:
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Establecer los requerimientos minero-energéticos de la población y los agentes económicos del país, con base en proyecciones de demanda que tomen en cuenta la evolución más probable de las variables demográficas y económicas y de precios de los recursos minero-energéticos.
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Establecer la manera de satisfacer dichos requerimientos teniendo en cuenta los recursos minero-energéticos existentes, convencionales y no convencionales, según criterios económicos, sociales, tecnológicos y ambientales.
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Elaborar y actualizar el Plan Nacional Minero, el Plan Energético Nacional, el Plan de Expansión del sector eléctrico y los demás planes subsectoriales, en concordancia con el Proyecto del Plan Nacional de Desarrollo y la política macroeconómica del Gobierno Nacional.
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Evaluar la conveniencia económica y social del desarrollo de fuentes y usos energéticos no convencionales, así como el desarrollo de energía nuclear para fines pacíficos.
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Evaluar la rentabilidad económica y social de las exportaciones de los recursos mineros y energéticos.
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Realizar diagnósticos que permitan la formulación de planes y programas del sector minero-energético.
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Establecer y operar los mecanismos y procedimientos que permitan evaluar la oferta y demanda de minerales energéticos, hidrocarburos y energía y determinar las prioridades para satisfacer tales requerimientos, de conformidad con la conveniencia nacional.
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Recomendar al Ministro de Minas y Energía políticas y estrategias para el desarrollo del sector minero-energético.
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Prestar servicios técnicos de planeación y asesoría y cobrar por ellos. Para estos efectos, la Unidad determinará, mediante reglamentación, las condiciones que deben reunirse para su prestación y las tarifas por ello. En todo caso, tales servicios se prestarán sin perjuicio del cumplimiento de las demás funciones.
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Fomentar, diseñar y establecer de manera prioritaria, los planes, programas y proyectos relacionados con el ahorro, conservación y uso eficiente de la energía.
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Fomentar y diseñar los programas de uso racional de energía en todos los campos de la actividad económica y adelantar las labores de difusión necesarias.
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Elaborar los planes y programas de carácter científico y tecnológico, para la intensificación del uso de fuentes alternas de energía.
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Aprobar los planes de gestión y resultados de corto, mediano y largo plazo, que sean presentados por las empresas de servicios públicos conforme a la ley.
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Elaborar los planes de expansión del sistema interconectado nacional y consultar al cuerpo consultivo permanente.
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Organizar, operar y mantener la base única de información oficial del sector minero-energético.
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Elaborar el balance anual minero-energético.
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Establecer los indicadores de evaluación del sector minero-energético, con el fin de elaborar y distribuir informes que cuantifiquen su gestión y la comparen con las metas vigentes.
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Divulgar los datos y estadísticas que procese.
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Procurar la normalización de la información obtenida.
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Elaborar las memorias institucionales del sector minero-energético.
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Realizar las funciones administrativas que sean necesarias para el desarrollo de la gestión encomendada.
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Las demás que le señale la ley.
PARÁGRAFO. Las funciones contempladas en los numerales 10, 11 y 12 del presente artículo, serán asumidas por la Unidad de Planeación Minero-Energética a partir de la fecha que señale el Presidente de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 5o. del Decreto 1682 del...
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