Decreto 2191 de 1997, por el cual se dictan algunas disposiciones para la expedición de documentos de viaje. - 8 de Septiembre de 1997 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353491686

Decreto 2191 de 1997, por el cual se dictan algunas disposiciones para la expedición de documentos de viaje.

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín43123

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto 2126 de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que la Declaración de Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A lll del 10 de diciembre de 1948 y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, "Pacto de San José de Costa Rica", firmado en San José, Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969, aprobado por la Ley 16 de 1972, reconocen que los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional;

Que Colombia es parte de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, suscrito en Ginebra en 1951, aprobada por la Ley 35 de 1961 y del Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, aprobada por la Ley 65 de 1979;

Que también es parte de la Convención sobre Asilo Territorial, suscrita en la X Conferencia Internacional de Caracas en 1954, aprobada por la Ley 92 de 1962;

Que de conformidad con los principios y normas establecidas en las mencionadas declaraciones y convenciones, es conveniente actualizarlas normas sobre expedición de Documento de Viaje para aquellas personas que carezcan de un documento válido de...

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