Decreto 4894 de 2011, por el cual se modifica el Decreto 1043 de 2011. - 26 de Diciembre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353524946

Decreto 4894 de 2011, por el cual se modifica el Decreto 1043 de 2011.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín48294

El Presidente de la República de Colombia,

en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos Anticorrupción, Ley 1474 de 2011, y de Seguridad Ciudadana, Ley 1453 de 2011, se amplía el margen de funciones existentes al interior de la Procuraduría General de la Nación, en materias relacionadas con las medidas para mejorar la seguridad de la ciudadanía y de lucha contra el flagelo de la corrupción existente en el país.

Que en virtud del desarrollo de las Leyes 1285 de 2009, 1424 de 2010 y 1448 de 2011, se fortaleció la parte operativa institucional, a través de la ampliación de Planta de Personal actualmente regulada mediante decretos con fuerza de Ley números 265 de 2000, 4795 de 2007 y 2247 de 2011 y la Ley 1367 de 2009, para cubrir especialmente las labores en materia de:

- Conciliación Administrativa,

- Desmovilizados,

- Garantías a las víctimas del conflicto armado; el establecimiento de la verdad, la justicia y la reparación de daños que hayan sufrido por parte de grupos organizados al margen de la ley; así como la adecuada atención, orientación, seguimiento y apoyo que requieran en su gestión ante las entidades competentes encargadas de adelantar los respectivos trámites.

Que el aumento de funciones mencionado, implica una carga laboral mayor para los servidores de la Procuraduría General de la Nación responsables de su desarrollo, por lo cual se hace necesario efectuar unos ajustes en su remuneración.

DECRETA:

Artículo 1° El artículo 14 del Decreto 1043 de abril 4 de 2011, quedará así:

Artículo 14. A partir del 1° de diciembre de 2011, la asignación básica mensual de Sustanciador en lo Contencioso Administrativo y Sustanciador en lo Judicial Grado 11 será de dos millones cuatrocientos ochenta y nueve mil trescientos diez pesos ($2.489.310) m/cte.

.

Artículo 2° El artículo 15 del Decreto 1043 de abril 4 de 2011, quedará así:

Artículo 15. A...

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