Decreto 569 de 2011, por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional - Armada Nacional. - 3 de Marzo de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353525410

Decreto 569 de 2011, por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional - Armada Nacional.

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín48000

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Defensa Nacional- Armada Nacional, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica, para efectos de modificar su planta de personal, la cual obtuvo concepto técnico favorable de este Departamento Administrativo.

Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable.

DECRETA:

Artículo 1° Suprímense de la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional-Armada Nacional los siguientes cargos:

DESPACHO DE LA JEFATURA DE DESARROLLO HUMANO DE LA ARMADA NACIONAL

|No. DE CARGOS |DENOMINACIÓN DEL CARGO |CÓDIGO |GRADO |

|01 (UNO) |PROFESIONAL DE DEFENSA |3-1 |04 |

DESPACHO DE LA JEFATURA DE OPERACIONES LOGÍSTICAS DE LA ARMADA NACIONAL

|No. DE CARGOS |DENOMINACIÓN DEL CARGO |CÓDIGO |GRADO |

|01 (UNO) |PROFESIONAL DE DEFENSA |3-1 |04 |

|01 (UNO) |PROFESIONAL DE DEFENSA |3-1 |02 |

|02 (DOS) |PROFESIONAL DE DEFENSA |3-1 |01 |

DESPACHO DE LA JEFATURA DE MATERIAL NAVAL DE LA ARMADA NACIONAL

|No. DE CARGOS |DENOMINACIÓN DEL CARGO |CÓDIGO |GRADO |

|01 (UNO) |PROFESIONAL DE DEFENSA |3-1 |04 |

Artículo 2° Créanse en la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional-Armada Nacional los siguientes cargos:

PLANTA GLOBAL

|No. DE CARGOS |DENOMINACIÓN DEL CARGO |CÓDIGO |GRADO |

|03 |ORIENTADOR ESPIRITUAL |4-1 |16 |

|01 |ORIENTADOR ESPIRITUAL |4-1 |14 |

|02 |ORIENTADOR ESPIRITUAL |4-1 |13 |

Artículo 3° El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en...

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