Decreto 3823 de 2011, por el cual se designa Ministro de Minas y Energía Ad-Hoc. - 12 de Octubre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353568034

Decreto 3823 de 2011, por el cual se designa Ministro de Minas y Energía Ad-Hoc.

Número de Boletín48220

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 63 de 1923 y,

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de Ministros en sesión del 10 de octubre de 2011, con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923, aceptó el impedimento manifestado por el señor Ministro de Minas y Energía, doctor Mauricio Cárdenas Santamaría, para conocer y decidir de los asuntos que deba atender en el ejercicio de sus funciones en lo concerniente a la fijación del precio de los biocombustibles.

Que el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 dispone que en caso que el ministro recusado o declarado impedido hubiere de separarse del conocimiento de un caso, corresponderá el Presidente de la República adscribir la decisión del asunto a otro cualquiera de los Ministros del Despacho.

Que en consecuencia,

DECRETA:

Artículo 1° Nómbrese como Ministro de Minas...

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