Decreto 4675 de 2010, por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas. - 20 de Diciembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353753258

Decreto 4675 de 2010, por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas.

Número de Boletín47929

Ministerio de Comercio, Industria y TurismoEl Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 6ª de 1971 y de 1991, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 4589 del 27 de diciembre de 2006, se adoptó el Arancel de Aduanas que entró a regir a partir del 1° de enero de 2007.

Que en la Sesión 221 del 21 de septiembre de 2010, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior recomendó modificar el texto de la subpartida 2920.11.10.00, crear las subpartidas 2930.20.20.00, 3808.92.94.00 y 3808.93.92.00 y eliminar las subpartidas 2920.19.10.00, 2930.90.40.00 y 3808.92.92.00, conforme a lo ordenado en la Decisión 703 de la Comisión de la Comunidad Andina.

DECRETA:

Artículo 1° Créanse las subpartidas 2930.20.20.00, 3808.92.94.00 y 3808.93.92.00 con los siguientes códigos, textos y gravámenes arancelarios:

|Código |Descripción |Gravamen |

|2930.20.20.00 |- - Butilato (ISO), tiobencarb, vernolato |0% |

|3808.92.94.00 |- - - - Que contengan pyrazofos |5% |

|3808.93.92.00 |- - - - Que contengan butaclor o alaclor |5% |

Artículo 2° Eliminar del Arancel de Aduanas las subpartidas 2920.19.10.00, 2930.90.40.00 y 3808.92.92.00.
Artículo 3° Modificar el texto de la subpartida arancelaria 2920.11.10.00, el cual quedará así:

|Código |Descripción |Gravamen |

|2920.11.10.00 |- - - Paratión (ISO) (paratión etílico) |0% |

Artículo...

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