Decreto 1418 de 2009, por medio del cual se declara terminado el "CONVENIO SANITARIO VETERINARIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE RUMANIA", elaborado en Bogotá el día doce (12) de septiembre de mil novecientos setenta y tres (1973). - 23 de Abril de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353768338

Decreto 1418 de 2009, por medio del cual se declara terminado el "CONVENIO SANITARIO VETERINARIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE RUMANIA", elaborado en Bogotá el día doce (12) de septiembre de mil novecientos setenta y tres (1973).

Número de Boletín47330

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

El ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 189 numeral 2 de la Constitución Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7a de 1944, y

CONSIDERANDO

Que la Ley 7a del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 4° dispone que cuando un Tratado, Convenio, Convención, etc., dejen de regir para Colombia por virtud de denuncia, caducidad o cualquiera otra causa, el Órgano Ejecutivo dictará un decreto en que se declare esta circunstancia, con determinación de la fecha en que el Tratado dejó de tener vigencia para el Estado colombiano;

Que el Gobierno de la República de Rumania mediante nota No.896 del 3 de octubre de 2006, propuso, de acuerdo con el literal b) del artículo 54 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados del 23 de mayo de 1969, la cancelación o terminación del "CONVENIO SANITARIO VETERINARIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE RUMANIA", elaborado en Bogotá el día doce (12) de septiembre de mil novecientos setenta y tres (1973).

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores - Dirección de Europa, mediante Memorando DEU. NO.63032 del 6 de diciembre de 2006, notificó a la Oficina Asesora Jurídica que no encontraba objeción alguna a la propuesta hecha mediante la Nota No 896 del 3 de octubre de 2006 por Rumania.

Que de conformidad con el artículo 5 del "CONVENIO SANITARIO VETERINARIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE RUMANIA", elaborado en Bogotá el día doce (12) de septiembre de mil novecientos setenta y tres (1973), la cancelación del mismo procede por lo menos con seis (6) meses de anticipación a la expiración del periodo.

Que de...

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