Decreto 3515 de 2008, por el cual se modifica temporalmente el Arancel de Aduanas y se dictan otras disposiciones para la importación de productos del sector textil. - 17 de Septiembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353768398

Decreto 3515 de 2008, por el cual se modifica temporalmente el Arancel de Aduanas y se dictan otras disposiciones para la importación de productos del sector textil.

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín47115

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y de 1991, oído el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 7ª de 1991 faculta al Gobierno Nacional para expedir normas que regulan el comercio internacional, de acuerdo con el principio que otorga la posibilidad de adoptar, transitoriamente, mecanismos que permitan a la economía colombiana superar coyunturas externas e internas adversas al interés comercial del país;

Que el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, en la Sesión 191 del 2 de septiembre de 2008, recomendó establecer temporalmente un gravamen arancelario de 35% para la importación de algunos productos del sector textil que registran producción nacional, contenidos en la Resolución 7413 del 12 de agosto de 2008 expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, cuando los precios declarados en términos FOB sean menores a los establecidos en la citada resolución o las normas que la modifiquen o sustituyan;

Que en la Sesión 191 el citado Comité, recomendó mantener para la importación de los productos del sector textil clasificados por las subpartidas 5601.21.00.00, 5601.22.00.00.00, 5602.10.00.00 y 5603.91.00.00 el arancel del 15% y para las demás subpartidas...

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