Decreto 1532 de 2008, por medio del cual se modifican los niveles porcentuales del Certificado de Reembolso Tributario, CERT, y se dictan otras disposiciones. - 9 de Mayo de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353768910

Decreto 1532 de 2008, por medio del cual se modifican los niveles porcentuales del Certificado de Reembolso Tributario, CERT, y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín46984

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el ordinal 25 del artículo 189 de la Constitución Política, y con sujeción a las normas generales señaladas en las Leyes 48 de 1983 y 71 de 1991, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 48 de 1983 creó el Certificado de Reembolso Tributario, CERT, como un instrumento flexible de apoyo a las exportaciones cuyos niveles fijará el Gobierno Nacional de acuerdo con los productos y condiciones de los mercados a los que se exporte;

Que la Ley 48 de 1983 y la Ley 7ª de 1991 establecen que el Gobierno Nacional podrá estimular las exportaciones mediante la devolución de sumas equivalentes a la totalidad o a una porción de los impuestos indirectos pagados por el exportador, y promover aquellas actividades que tiendan a incrementar el volumen de las exportaciones;

Que el Decreto 33 de 2001 fijó los niveles porcentuales de Certificado de Reembolso Tributario, CERT, y en su artículo 2° estableció que el Gobierno Nacional evaluará periódicamente la ejecución del presupuesto para el CERT con el fin de revisar los niveles otorgados en el artículo 1 ° del mismo, si ello fuere necesario;

Que el Gobierno Nacional a través del Decreto 1989 de 2002 modificó los niveles porcentuales del Certificado de Reembolso Tributario, CERT, y dispuso en su artículo 1° que las exportaciones a partir de la fecha de su entrada en vigencia, tendrían cero como nivel porcentual del Certificado de Reembolso Tributario, CERT;

Que el Gobierno Nacional mediante Decreto 2327 de 2007 determinó un nivel del 4 por ciento respecto de determinados productos clasificados por capítulos, partidas y subpartidas arancelarias exportados entre el 1° de enero de 2007 y el 30 de junio de 2007;

Que el Gobierno Nacional mediante Decreto 2678 de 2007 modificó el Decreto 2327 de 2007 en todo, salvo respecto de su aplicación a las exportaciones de los productos correspondientes a los capítulos, partidas y subpartidas referidas en su artículo 1° para el mes de enero de 2007,

DECRETA:

Artículo 1° Para las exportaciones de los productos que clasifican por los siguientes capítulos, partidas y subpartidas del Arancel de Aduanas que se embarquen entre el 1° de febrero de 2008 y el 31 de marzo de 2008, el nivel del certificado de reembolso tributario CERT será de cuatro por ciento (4%):

Capítulos

Capítulo 16
Capítulo 17 únicamente la partida arancelaria 17.04
Capítulo 18 únicamente la partida arancelaria 18.06,
Capítulo 19
Capítulo 20
Capítulo 21
Capítulo 22
Capítulo 23 excepto las partidas arancelarias: 23.01, 23.02, 23.03,
Capítulo 24 excepto la partida arancelaria 24.01,
Capítulo 28
Capítulo 29
Capítulo 30
Capítulo 31
Capítulo 32
Capítulo 33
Capítulo 34
Capítulo 35
Capítulo 37
Capítulo 38
Capítulo 39 excepto la partida arancelaria 39.15,
Capítulo 40
Capítulo 41 únicamente para las partidas arancelarias: 41.07,...

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