Decreto 808 de 2008, por el cual se modifica parcialmente el Decreto 72 de 2005. - 14 de Marzo de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353769242

Decreto 808 de 2008, por el cual se modifica parcialmente el Decreto 72 de 2005.

Número de Boletín46931

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1° El plazo para que los municipios radiquen en la Oficina de Correspondencia del Departamento Nacional de Planeación el informe de ejecución presupuestal de los ingresos y gastos correspondientes a la vigencia 2007, de que trata el inciso quinto del numeral 2° del artículo del Decreto 72 de 2005, se prorroga hasta el 18 de abril de 2008.
Artículo 2° El plazo para que las Secretarías de Planeación Departamental envíen al Departamento Nacional de Planeación la información consolidada de la ejecución presupuestal de los municipios correspondiente a la vigencia 2007, de que trata el inciso sexto del numeral 2 del artículo del Decreto 72 de 2005, se prorroga hasta el 30 de abril de 2008.
Artículo 3° El plazo para que el Departamento Nacional de Planeación envíe la información consolidada de que trata el inciso 7 del numeral 2 del artículo del Decreto ...

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