Decreto 2125 de 2008, por el cual se modifica la estructura del Fondo Rotatorio de la Policía y se dictan otras disposiciones.
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
Número de Boletín | 47022 |
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que en la sesión del 26 de noviembre de 2007, según Acta número 008, el Consejo Directivo decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura del Fondo Rotatorio de la Policía.
DECRETA:
Estructura y funciones de las Dependencias
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Consejo Directivo
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Dirección General
2.1. Oficina de Control Interno
2.2. Oficina Asesora de Planeación
2.3. Oficina Asesora Jurídica
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Subdirección Administrativa y Financiera
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Subdirección Operativa
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Organos de Asesoría y Coordinación
5.1. Comisión de Personal
5.2. Comité de Coordinación de Control Interno.
Corresponde al Consejo Directivo ejecutar las siguientes funciones:
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Formular a propuesta del Representante Legal, la política general de la Entidad, los planes y programas que, conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica del Presupuesto, deban proponerse para su incorporación en los planes sectoriales y a través de estos, al Plan Nacional de Desarrollo.
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Formular a propuesta del Representante Legal, la política de mejoramiento continuo de la Entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.
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Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la administración de la Entidad.
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Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura interna y de la planta de personal que consideren pertinentes; adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con lo dispuesto en sus actos de creación o reestructuración.
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Aprobar el proyecto de presupuesto anual y sus modificaciones en los términos que disponga la ley.
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Aprobar el plan anual de caja y sus modificaciones en los términos que disponga la ley.
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Aprobar los proyectos de inversión presentados por el Director General del Fondo Rotatorio de la Policía debidamente sustentados, de acuerdo con las normas legales vigentes.
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Autorizar la gestión y contratación de empréstitos internos o externos con destino a la entidad, debidamente sustentados, de acuerdo con las normas legales vigentes.
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Aprobar los estados financieros periódicos que debe elaborar la Entidad.
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Autorizar al Director General del Fondo Rotatorio de la Policía, para que con recursos de la Entidad y de acuerdo con la disponibilidad apoye a la Policía en casos de que esta Institución lo requiera, conforme a disposiciones legales vigentes.
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Autorizar las comisiones al exterior de los empleados del Fondo Rotatorio de la Policía de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
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Delegar cuando lo considere conveniente alguna o algunas de sus funciones en el Director General del Fondo Rotatorio de la Policía.
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Autorizar al Director General del Fondo Rotatorio de la Policía para delegar en el nivel directivo o sus equivalentes, algunas de las funciones que le corresponden de conformidad con las normas legales vigentes.
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Autorizar la venta o adquisición de bienes inmuebles.
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Establecer su reglamento interno.
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Las demás que le señale la ley, estatutos, reglamentos y aquellas que sean necesarias para el adecuado funcionamiento de la entidad.
Son funciones de la Dirección General las siguientes:
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Fijar las políticas y adoptar los planes generales relacionados con la institución y velar por el cumplimiento de las funciones de la entidad.
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Formular con la colaboración de los subdirectores y asesores, las estrategias para el desarrollo de los planes y programas de la Entidad.
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Crear y conformar órganos de asesoría y coordinación, así como los grupos internos de trabajo que considere necesarios para el desarrollo de las funciones de la Entidad y asignarles funciones mediante resolución.
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Delegar en dependencias y funcionarios subalternos el ejercicio de aquellas funciones que considere necesarias para la correcta prestación del servicio de la entidad.
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Nombrar, remover y administrar el talento humano, adoptar el manual de funciones y competencias laborales y establecer los requisitos de los empleos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
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Fijar las directrices para la implementación, mantenimiento y perfeccionamiento del sistema de control interno de la institución.
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Presentar al Consejo Directivo para aprobación las modificaciones a los estatutos y reformas administrativas de la Entidad.
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Dirigir y controlar los procesos de contratación de la Entidad.
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Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la Entidad.
Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes:
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Proponer la política, planes y programas que apunten a una adecuada gerencia de lo público en la entidad.
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Asesorar y...
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