Decreto 104 de 2005, por el cual se promulga el "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unid as para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una Oficina Regional de la ONUDI en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo de dos mil (2000). - 20 de Enero de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354167850

Decreto 104 de 2005, por el cual se promulga el "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unid as para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una Oficina Regional de la ONUDI en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo de dos mil (2000).

Número de Boletín45797

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 7ª del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1º dispone que los tratados, convenios, convenciones, acuerdos, arreglos u otros actos internacionales aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas, mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;

Que la misma ley en su artículo 2º ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;

Que el Congreso Nacional, mediante Ley 799 del 13 de marzo de 2003, publicada en el Diario Oficial número 45.131 del 18 de marzo de 2003, aprobó el "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una Oficina Regional de la ONUDI en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo de dos mil (2000);

Que la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-1002 del 28 de octubre de 2003, declaró exequibles la Ley 799 del 13 de marzo de 2003 y el "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una Oficina Regional de la ONUDI en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo de dos mil (2000);

Que mediante nota del 29 de julio de 2004, el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, acusa recibo de la Nota OAJ.CAT. número 24858 del 21 de mayo de 2004, mediante la cual el Gobierno Nacional comunica el cumplimiento de los requisitos constitucionales internos del "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una Oficina Regional de la ONUDI en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo de dos mil (2000). En consecuencia, el citado instrumento internacional entró en vigor el 29 de julio de 2004, de acuerdo a lo previsto en su artículo V,

DECRETA:

Artículo 1º Promúlgase el "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia...

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