Decreto 1472 de 2002 - 20 de Julio de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354180522

Decreto 1472 de 2002

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín44873

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7a. de 1944, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 7a. del 30 de noviembre de 1944, en su artículo primero dispone que los tratados, convenios, convenciones, acuerdos, arreglos u otros actos internacionales aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas, mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;

Que la misma ley en su artículo segundo ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;

Que el Congreso de la República, mediante Ley 544 del 23 de diciembre de 1999, publicada en el Diario Oficial número 43.837 del 31 de diciembre de 1999, aprobó la "Enmienda al inciso (f) del artículo XVII del Acuerdo Relativo a la Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite, Intelsat, hecho en Washington el 20 de agosto de 1971, aprobada por la Vigésima Asamblea de: Partes en Copenhague, Dinamarca, el 31 de agosto de 1995 y la "Enmienda a los incisos (d) (i) y (h) del artículo 6o. y (f) del artículo 22 del Acuerdo Operativo de la Organización de Telecomunicaciones por Satélite", hecho en Washington el 20 de agosto de 1971, aprobadas por la Vigésima Quinta Reunión de Signatarios en Singapur el 4 de abril de 1995;

Que la Corte Constitucional, por medio de la Sentencia C-1138/2000 del 30 de agosto de 2000, declaró exequible la Ley 544 del 23 de diciembre de 1999 y la "Enmienda al inciso (f) del artículo XVII del Acuerdo Relativo a la Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite, Intelsat, hecho en Washington el 20 de agosto de 1971, aprobada por la Vigésima Asamblea de Partes en Copenhague, Dinamarca, el 31 de agosto de 1995 y la "Enmienda a los incisos (d) (i) y (h) del artículo 6o. y (f) del artículo 22 del "Acuerdo Operativo de la Organización de Telecomunicaciones por Satélite", hecho en Washington el 20 de agosto de 1971, aprobadas por la Vigésima Quinta Reunión de Signatarios en Singapur el 4 de Abril de 1995;

Que el 5 de noviembre de 2001, Colombia depositó, ante el Departamento de Estado del Gobierno de los Estados Unidos de América, en la ciudad de Washington D. C., el Instrumento de Ratificación de la "Enmienda al inciso (f) del artículo XVII del Acuerdo Relativo a la Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite, Intelsat", hecho en Washington el 20 de agosto de 1971, aprobada por la Vigésima Asamblea de Partes en Copenhague, Dinamarca, el 31 de agosto de 1995 y la "Enmienda a los incisos (d) (i) y (h) del artículo 6o. y (f) del artículo 22 del Acuerdo Operativo de la Organización de Telecomunicaciones por Satélite", hecho en Washington el 20 de agosto de 1971, aprobadas por la Vigésima Quinta Reunión de Signatarios en Singapur el 4 de abril de 1995. En consecuencia, las citadas enmiendas entraron en vigor para Colombia el 5 de noviembre de 2001, de conformidad con el artículo XX del Acuerdo Relativo a la Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite, Intelsat,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o

Promúlgase la "Enmienda al inciso (f) del artículo XVII del Acuerdo Relativo a la Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite, Intelsat", hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (197l), aprobada por la Vigésima Asamblea de Partes en Copenhague, Dinamarca, el 31 de agosto de 1995 y la "Enmienda a los incisos (d) (i) y (h) del artículo 6o. y (f) del artículo 22 del Acuerdo Operativo de la Organización de Telecomunicaciones por Satélite", hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (197l), aprobadas por la Vigésima Quinta Reunión de Signatarios en Singapur el 4 de abril de 1995.

(Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto de la "Enmienda al inciso (f) del artículo XVII del Acuerdo Relativo a la Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite, Intelsat", hecho en Washington el (20) de agosto de 1971, aprobada por la Vigésima Asamblea de Partes en Copenhague, Dinamarca, el 31 de agosto de 1995 y la "Enmienda a los incisos (d) (i) y (h) del artículo 6o. y (f) del artículo 22 del Acuerdo Operativo de la Organización de Telecomunicaciones por Satélite", hecho en Washington el 20 de agosto de 1971, aprobadas por la Vigésima Quinta Reunión de Signatarios en Singapur el 4 de abril de 1995).

INTELSAT

EL ACUERDO Y EL ACUERDO OPERATIVO Firmados el 20 de agosto de 1971

vigentes desde el 12 de febrero de 1973.

Incluidas la enmienda al inciso (f) del Artículo XVII del Acue rdo aprobada por la Vigésima Asamblea de Partes en Copenhague, Dinamarca, el 31 de agosto de 1995, y las enmiendas a los incisos (d)(i) y (h) del Artículo 6o. y (f) del Artículo 22 del Acuerdo Operativo aprobadas por la Vigésima Quinta Reunión de Signatarios en Singapur el 4 de abril de 1995.

THEAGREEMENT AND OPERATINGAGREEMENT RELATING TO THE INTERNA-TIONAL TELECOMMUNICATIONS SATELLITE ORGANIZATION "INELSAT"

DONE AT WASHINGTON. AUGUST 20 1971

ENTERED INTO FORCE FEBRUARY 12, 1973

Including the amendments of september and october 1996 to Article XVII, paragraph (f) of the Agreement; to Article 6, paragraph (d)(i) and paragraph (h), and Article 22, paragraph (f) of the Operating Agreement.

L'ACCORD ET L'ACCORD D'EXPLOITATION RELATIFS A

L' ORGANISATION INTERNATIONALE DE

TELECOMMUNICATIONS PAR SATELLITES

"INTELSA"

SIGNES A WASHINGTON LE 20 AOUT 1971

ET ENTRES EN VIGUEUR LE 12 FEVRIER 1973

Tels qu'amendés en septembre et octobre 1996 (article XVII, paragraphe f de 1'Accord; article 6, paragraphe d, i et paragraphe h, et article 22, paragraphe f de l'Accord d'exploitation).

EL ACUERDO Y EL ACUERDO OPERATIVO RELATIVOS A LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE "INTELSAT"

FIRMADOS EN WASHINGTON EL 20 DE AGOSTO DE 1971

VIGENTES DESDE EL 12 DE FEBRERO DE 1973

Incluidas las enmiendas de septiembre de 1996 y octubre de 1996 al inciso (f) del Artículo XVII del Acuerdo, y a los incisos (d)(i) y (h) del Artículo 6o. y (f) del Artículo 22 del Acuerdo Operativo.

ACUERDO RELATIVO A LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE "INTELSAT"

Incluida la enmienda al inciso (f) del Artículo XVII del Acuerdo aprobada por la Vigésima Asamblea de Partes en Copenhague, Dinamarca, el 31 de agosto de 1995.

PREAMBULO

Los Estados Partes del presente Acuerdo,

Considerando el principio enunciado en la Resolución 1721 (XVI) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, estimando que la comunicación por medio de satélites debe estar cuanto antes al alcance de todas las naciones del mundo con carácter universal y sin discriminación alguna,

Considerando las disposiciones pertinentes del Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, y en particular su artículo I que declara que el espacio ultraterrestre deberá utilizarse en provecho y en interés de todos los países,

Visto que en virtud del Acuerdo por el que se establece un régimen provisional de un sistema comercial mundial de telecomunicaciones por satélite, y el Acuerdo Especial afín, se ha creado un sistema comercial mundial de telecomunicaciones por satélite,

Deseosos de continuar el desarrollo de este sistema de telecomunicaciones por satélite con el objeto de lograr un sistema comercial mundial único de telecomunicaci ones por satélite como parte de una red mundial perfeccionada de telecomunicaciones capaz de suministrar servicios más amplios de telecomunicaciones a todas las áreas del mundo y de contribuir a la paz y al entendimiento mundiales,

Decididos a brindar a tales fines, para beneficio de toda la humanidad, por medio de las técnicas más avanzadas disponibles, las instalaciones más eficaces y económicas posibles compatibles con el mejor y más equitativo uso del espectro de frecuencias radioeléctricas y del espacio orbital,

Estimando que las telecomunicaciones por satélite deberán estar organizadas de modo que permitan a todos los pueblos tener acceso al sistema mundial de satélites, y permitan a aquellos Estados miembros de la Unión Internacional de Telecomunicaciones que así lo deseen la posibilidad de invertir capital en dicho sistema y de participar, por consiguiente, en la concepción, desarrollo, construcción, incluido el suministro de equipo, instalación, explotación, mantenimiento y propiedad del sistema.

En virtud del Acuerdo por el que se establece un régimen provisional de un sistema comercial mundial de telecomunicaciones por satélite.

Convienen en lo siguiente:

ARTICULO I. DEFINICIONES.

Para los fines del presente Acuerdo:

(a) El término "Acuerdo" designa el presente Acuerdo, incluidos los anexos al mismo, pero excluyendo los títulos de los artículos, abierto a la firma de los Gobiernos en Washington el 20 de agosto de 1971, por el cual se establece la Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite "Intelsat":

(b) El término "Acuerdo Operativo" designa el acuerdo, incluido su anexo, pero excluyendo los títulos de los artículos, abierto en Washington el 20 de agosto de 1971 a la firma de los Gobiernos o de las entidades de telecomunicaciones designadas por los gobiernos, de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo;

(c) El término "Acuerdo Provisional" designa el Acuerdo que establece un régimen provisional para el sistema mundial comercial de comunicaciones por satélite, firmado por los Gobiernos en Washington el 20 de agosto de 1964;

(d) El término "Acuerdo Especial" designa el Acuerdo...

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