Decreto 2677 de 1993, POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NUMERO 000076 DE DICIEMBRE 29 DE 1993 DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE LA JUVENTUD Y EL DEPORTE, QUE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA Y LAS FUNCIONES DE SUS DEPENDENCIAS. - 14 de Diciembre de 1993 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354198678

Decreto 2677 de 1993, POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NUMERO 000076 DE DICIEMBRE 29 DE 1993 DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE LA JUVENTUD Y EL DEPORTE, QUE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA Y LAS FUNCIONES DE SUS DEPENDENCIAS.

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín41136

El Presidente de la República de Colombia en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 26, literal b) del Decreto 1050 de 1968 y oído el concepto del Departamento Administrativo de la Función Pública,

DECRETA:

ARTICULO 1°

Apruébase el Acuerdo número 000076 de diciembre 29 de 1993, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, cuyo contenido es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 000076 DE 1993

(diciembre 29)

"por el cual se establece la estructura orgánica interna del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes, y se determinan las funciones de sus dependencias".

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes, en uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las contempladas en los Decretos 1050 de 1968 y 1082 de 1986,

ACUERDA :

CAPITULO I Artículo 1

DE LA ESTRUCTURA.

Artículo 1°

La estructura orgánica interna del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, será la siguiente:

  1. Junta Directiva.

  2. Dirección General.

    2.1. Oficina Jurídica.

  3. Secretaría General.

    3.1. Oficina de Desarrollo e Informática.

  4. Subdirección Administrativa y Financiera.

    4.1. División Administrativa.

    4.2. División Financiera.

    4.3. División de Infraestructura Física.

  5. Subdirección de Planeación Deportiva.

    5.1. División de Educación Física y Formación

    Deportiva.

    5.2. División de Recreación y Juventud.

    5.4. División de Medicina e Investigación Científica.

  6. Organos de Asesoría y Coordinación.

    6.1. Comité de Cooperación y Apoyo.

    6.2. Junta de Licitaciones y Adquisiciones.

    6.3. Comisión de Personal.

CAPITULO II Artículos 2 a 18

DE LAS FUNCIONES.

JUNTA DIRECTIVA Y DIRECCION GENERAL.

Artículo 2°

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, "Coldeportes",cumplirá las funciones para ella señaladas en los estatutos de la entidad y en las demás disposiciones legales y vigentes.

Artículo 3°

El Director General además de las funciones previstas en los estatutos y las disposiciones legales vigentes, cumplirá los siguientes:

  1. Coordinar el diseño e implantación de sistemas de Control Interno para el Instituto, que permita establecer niveles de rendimiento y eficiencia de las funciones a cargo de las distintas dependencias de la entidad.

  2. Dirigir las etapas del Programa Anual de Control Interno del Instituto.

  3. Dirigir la elaboración y actualización de los manuales de procedimientos administrativos para ejercer el control.

  4. Establecer mecanismo de seguimiento y control al programa anual de actividades.

  5. Realizar la función de inspección, vigilancia y control sobre organismos deportivos en cumplimiento del artículo 52 de la Constitución Nacional con sujeción a lo dispuesto en la Ley 49 del 4 de marzo de 1993.

  6. Adelantar en coordinación con las diferentes

    dependencias del Instituto, las pautas, parámetros e indicadores de eficiencia y productividad para evaluar la gestión y proponer las medidas del caso.

  7. Verificar el cumplimiento de los planes y programas institucionales que adelanten las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes o las entidades que hagan sus veces.

  8. Dirigir la elaboración del plan sectorial deportivo.

    OFICINA JURIDICA.

Artículo 4°

Son funciones de la Oficina Jurídica:

  1. Asesorar a las dependencias del Instituto, en el trámite y solución de los asuntos jurídicos y legales propios de la entidad.

  2. Representar judicialmente a la entidad en asuntos judiciales que se instauren en su contra o que ésta deba promover, mediante poder que le otorgue el Director General o por delegación de éste.

  3. Velar por el cumplimiento de las normas que rigen a los organismos deportivos privados.

  4. Asesorar a la Dirección General en la reglamentación deportiva que le corresponde conforme a la ley y recomendar proyectos de ley o decreto en esta materia.

  5. Coordinar el desarrollo de las investigaciones o estudios especiales que en el campo jurídico requiere la Dirección General.

  6. Elaborar o revisar los proyectos de Acuerdo o Resolución y las minutas de contrato, así como los demás actos administrativos que deba expedir las Directivas en desarrollo de sus funciones.

  7. Preparar boletines o compilaciones sobre doctrinas y conceptos y demás publicaciones de índole jurídico relacionadas con la entidad.

  8. Estudiar y conceptuar sobre proyectos de ley, decretos, resoluciones y demás normas que se requieran para el cumplimiento de los objetivos del Instituto.

  9. Asesorar a las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes o a las entidades que hagan sus veces y, organismos deportivos privados en materia jurídica y en especial de legislación deportiva.

  10. Vigilar y atender las acciones judiciales que se instauren en contra del Instituto.

  11. Dirigir y organizar la recopilación, clasificación y codificación de las normas legales, los conceptos, la doctrina y la jurisprudencia relativa a las actividades del Instituto.

  12. Velar por el cumplimiento de los programas de trabajo de la dependencia a su cargo.

  13. Presentar los informes que le sean solicitados sobre el desarrollo de sus funciones.

  14. Asesorar a la Dirección en los aspectos relacionados con la inspección, vigilancia y control de los organismos deportivos.

  15. Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

SECRETARIA GENERAL.

Artículo 5°

Son funciones de la Secretaría General:

  1. Coordinar de acuerdo con las políticas fijadas por la Dirección General las funciones de las Subdirecciones y Divisiones con el objeto de dar cumplimiento a la misión del Instituto.

  2. Desarrollar las funciones de Secretaría de la Junta Directiva y de aquellos órganos de asesoría, coordinación o decisión en los cuales se le encomiende tal función y comunicar sus decisiones a las dependencias interesadas.

  3. Dirigir, bajo la orientación del Director General, la elaboración del Plan Sectorial Deportivo y el Presupuesto anual; así como también los traslados, adiciones o modificaciones que deban presentarse.

  4. Dirigir y coordinar la divulgación de los planes y programas que adelanta el Instituto, las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes o las entidades que hagan sus veces y los organismos deportivos privados.

  5. Velar por el cumplimiento de las normas legales que regulen la organización del Instituto y conceptuar sobre los asuntos que se sometan a su consideración.

  6. Dirigir y coordinar el diseño y ejecución de estrategias novedosas que le permitan al Instituto el posicionamiento como líder en el deporte nacional o internacional.

  7. Coordinar y tramitar con la Oficina Jurídica los asuntos legales propios del Instituto.

  8. Apoyar a la dirección en la función de inspección, vigilancia y control establecido en la Constitución Nacional, artículo 52 y Ley 49 de 1993.

  9. Preparar en coordinación con la Oficina Jurídica, los proyectos de decretos, resoluciones y demás documentos que deban someterse a consideración de la Dirección General.

  10. Ejercer el control administrativo sobre las gestiones técnicas, operativas y administrativas para que cumplan los objetivos señalados en las leyes, decretos y demás disposiciones vigentes.

  11. Dirigir y coordinar con la asistencia de la Oficina Jurídica, las investigaciones administrativas especiales en las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes o las entidades que hagan sus veces cuando las circunstancias lo ameriten.

  12. Solicitar los informes sobre las diferentes actividades que adelante el Instituto y las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes o las entidades que hagan sus veces con destino a Dirección General.

  13. Llevar por delegación del Director General la representación del Instituto en los asuntos o actos que él determine.

  14. Dirigir y coordinar el proceso de sistematización y automatización de las actividades que adelante el Instituto.

  15. Autenticar las copias de los documentos pertenecientes a la entidad.

  16. Presentar los informes que le sean solicitados sobre el desarrollo de sus funciones.

  17. Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

OFICINA DE DESARROLLO E INFORMATICA.

Artículo 6°

Son funciones de la Oficina de Desarrollo e Informática:

  1. Asesorar a la Dirección General del Instituto en la adopción de planes y programas, en concordancia con los objetivos del Instituto.

  2. Elaborar con base en los planes propios de cada área, el plan general de trabajo del Instituto.

  3. Elaborar los planes y programas estratégicos de desarrollo del Instituto, en concordancia con las orientaciones de la Dirección General.

  4. Adelantar el proceso de sistematización y automatización de las diferentes actividades del Instituto, en coordinación con las demás dependencias de la entidad.

  5. Dirigir la elaboración de los estudios que permitan determinar la factibilidad...

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