Decreto 0189 de 1993, POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NUMERO 025 DEL 15 DE DICIEMBRE DE 1992 QUE ESTABLECE LA ESTRUCTURA INTERNA DE LA BIBLIOTECA PUBLICA PILOTO DE MEDELLIN PARA AMERICA LATINA. - 28 de Enero de 1993 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354200158

Decreto 0189 de 1993, POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NUMERO 025 DEL 15 DE DICIEMBRE DE 1992 QUE ESTABLECE LA ESTRUCTURA INTERNA DE LA BIBLIOTECA PUBLICA PILOTO DE MEDELLIN PARA AMERICA LATINA.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín40733

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el artículo 36 del Decreto 2819 de 1991, en concordancia con el artículo 24 del Decreto-ley 3130 de 1968,

DECRETA:

ARTICULO 1º

Apruébase el Acuerdo número 025 del 15 de diciembre de 1992, expedido por la Junta Directiva de la Biblioteca Pública Piloto de Medellín para América Latina, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 025 DE 1992

(diciembre 15)

"por el cual se determina la estructura interna de la Biblioteca Pública Piloto de Medellín para América Latina y se señalan las funciones de sus dependencias".

La Junta Directiva de la Biblioteca Pública Piloto de Medellín para América Latina, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 24 del Decreto 3130 de 1968, el artículo 36 del Decreto 2819 de 1991 y el numeral 4º del artículo del Decreto 569 de 1992,

ACUERDA:

ESTRUCTURA INTERNA.

Artículo 1º

La estructura interna para el cumplimiento de las funciones y objetivos de la Biblioteca Pública Piloto de Medellín para América Latina, en armonía con los Decretos - leyes 1050 y 3130 de 1968, será la siguiente:

  1. Junta Directiva.

  2. Dirección General.

    2.1. División de Información y Cultura.

    2.2. División Administrativa y Financiera.

  3. Organos de consulta, coordinación y Asesoría.

    3.1. Comisión de Personal.

    3.2. Junta de Licitaciones y Adquisiciones.

Artículo 2º

La Dirección y Administración de la Biblioteca Pública Piloto de Medellín, será ejercida por la Junta Directiva y el Director General, quienes cumplirán las funciones señaladas en la ley, los estatutos y demás normas reglamentarias.

Artículo 3º

Son funciones de la División de Información y Cultura:

  1. Atender bajo las indicaciones del Director, la prestación de los servicios bibliotecarios al público y la ejecución de los planes y programas adoptados.

  2. Proponer al Director los planes, programas y proyectos de la dependencia y una vez aprobados velar por su correcta y cumplida ejecución.

  3. Programar, coordinar y desarrollar las diferentes actividades de información bibliográfica y audiovisual; y las acciones culturales en sus sedes y demás entidades donde se establezcan o se realicen.

  4. Adelantar investigaciones dirigidas a conocer las necesidades de los usuarios y su concepto sobre los servicios.

  5. Coordinar actividades con las...

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