Decreto 1225 de 1993, POR EL CUAL SE AUTORIZA A LA NACION Y AL INSTITUTO DE FOMENTO INDUSTRIAL. IFI, PARA QUE EMITAN LOS TITULOSDE DEUDA PUBLICA INTERNA DE QUE TRATAN LOS ARTICULOS6° Y 8° DE LA LEY 48 DE 1990. - 11 de Junio de 1993 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354201058

Decreto 1225 de 1993, POR EL CUAL SE AUTORIZA A LA NACION Y AL INSTITUTO DE FOMENTO INDUSTRIAL. IFI, PARA QUE EMITAN LOS TITULOSDE DEUDA PUBLICA INTERNA DE QUE TRATAN LOS ARTICULOS6° Y 8° DE LA LEY 48 DE 1990.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín40914

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las atribuciones conferidas por el ordinal 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 48de 1990, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el literal a) del artículo5° de la Ley 48 de 1990. el déficit generado por el manejo en el Instituto de Fomento Industrial, IFI, de los recursos de los Bonos de Valor Constante para Seguridad Social. B.V.C estará a cargo de la Nación en un 64% y del Instituto de Fomento Industrial en un 36%;

Que de conformidad con el parágrafo 1° del artículo 5° de la Ley 48 de 1990 de la suma a cargo de la Nación, prevista en el literal a) del mismo artículo. se descontarán los abonos efectuados por esta en años anteriores. En el caso del Instituto de Fomento Industrial, IFI. el valor del déficit se ajustará a la fecha en que se formalizó la dación en pago de que trata el parágrafo 2° del citado artículo, esto es al 18 de junio de 1991;

Que en cumplimiento de lo dispuesto por el parágrafo 2° del artículo 5° de la Ley 48 de 1990 la Nación y el Instituto de Fomento Industrial, IFI, celebraron el 18 de junio de 1991 un contrato por el cual la Nación recibe en dación en pago los siguientes activos:

  1. La participación accionaria de IFI en Propal S.A., participación que constituye el 21.5%, del capital total de dicha empresa.

  2. El Instrumento Especial de Deuda recibido por el IFI como parte de pago de la venta del proyecto Papelcol a Propal S. A.. que representa el 11.5% del capital de ésta, que con fundamento en la disposición citada y los activos descritos, se constituyó una fiducia de carácter irrevocable, con el fin de que el IFI como fiduciario, venda tales activos en un término de cuatro años, contados a partir de la fecha de vigencia del respectivo contrato, junio 18 de 1991,y con el producto de los mismos cancele a la Nación el 36% del déficit total generado por el manejo delos recursos de los Bonos de Valor Constante, a la fecha de cancelación del Fideicomiso;

Que de conformidad con el parágrafo 2° del artículo 5° de la Ley 48 de 1990, la Nación emitirá títulos por el monto total de que trata el literal a) del artículo 5° de la ley citada, una vez descontada del déficit a cargo de la Nación, esto es, la suma de $ 5.300.999.040 abonada por el Gobierno Nacional en años anteriores;

Que de conformidad con el artículo 8° de la Ley48 de 1990 pertenecen al Instituto de Fomento Industrial IFI. el total de los activos y los pasivos que se contabilicen en los balances de la respectiva administración fiduciaria de los recursos de los Bonos de Valor Constante. Por tal razón deberá expedir...

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