Decreto 2423 de 1997, por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Asesor de Política para la Pequeña y Mediana Empresa de que trata el artículo 3o. de la Ley 78 de 1988. - 2 de Octubre de 1997 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354202686

Decreto 2423 de 1997, por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Asesor de Política para la Pequeña y Mediana Empresa de que trata el artículo 3o. de la Ley 78 de 1988.

Número de Boletín43141

Decreto derogado por el Decreto 219 de 2000, publicada en el Diario Oficial No. 43.897 de febrero 17 de 2000.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 11 del artículo

189 de la Constitución Política y el artículo 3o. de la Ley 78 de 1988,

DECRETA:

ARTICULO 1o INTEGRACION

El Consejo Asesor de Política para la Pequeña y Mediana Empresa, de que trata el artículo 3o. de la Ley 78 de 1988, estará integrado por:

  1. El Ministro de Desarrollo Económico, quien lo presidirá o su delegado.

  2. El Ministro de Comercio Exterior, o su delegado.

  3. El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.

  4. El Presidente del Instituto de Fomento Industrial, IFI, o su delegado.

  5. El Presidente de Bancoldex, o su delegado.

  6. El Gerente General de Proexport, o su delegado.

  7. El Director de Colciencias o su delegado.

  8. El Director General del SENA o su delegado.

  9. El Presidente de la Asociación Colombiana de Pequeños y Medianos Industriales, ACOPI.

PARAGRAFO. La Secretaría Técnica Permanente del Consejo, estará a cargo del Jefe de la División de Análisis Sectorial de la Dirección Técnica de Industria del Ministerio de Desarrollo Económico.

ARTICULO 2o FUNCIONES

El Consejo Asesor de Política para la Pequeña y Mediana Empresa, desarrollará las funciones que se enumeran a continuación:

  1. Definir y formular políticas generales de fomento de la Pequeña y Mediana Empresa.

  2. Articular los diferentes programas de fomento de la Pequeña y Mediana Empresa, que se ejecuten dentro del marco general de política del Gobierno.

  3. Procurar el establecimiento de medidores o indicadores de impacto de los programas de fomento de la Pequeña y Mediana Empresa.

  4. Definir y formular políticas de desarrollo tecnológico, transferencia de tecnología y mejoramiento de la competitividad de la Pequeña y Mediana Empresa.

  5. Evaluar periódicamente los programas de fomento de la Pequeña y Mediana Empresa y proponer correctivos.

  6. Asesorar al Ministerio de Desarrollo Económico, en la estructuración de los programas de fomento de la Pequeña y Mediana Empresa.

  7. Conformar y reglamentar consejos regionales, en las cinco regionales Corpes en que se encuentra dividido el país.

  8. Adoptar sus estatutos internos.

  9. Las demás, compatibles con su naturaleza, orientadas al fomento de la Pequeña y...

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