Decreto 2680 de 1999, por el cual se modifican las disposiciones aplicables al Registro de Importación. - 30 de Diciembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354203966

Decreto 2680 de 1999, por el cual se modifican las disposiciones aplicables al Registro de Importación.

EmisorMinisterio de Comercio Exterior
Número de Boletín43834

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de la Ley 7a. de 1991,

DECRETA:

ARTICULO 1o El registro de importación ante el Ministerio de Comercio Exterior, será obligatorio exclusivamente para las importaciones de bienes sometidas al régimen de licencia previa, descripciones mínimas, visto bueno y para las realizadas al amparo de un Programa Especial de importación-exportación.
ARTICULO 2o Se entiende por visto bueno los trámites previos a la importación para aquellos productos sometidos a:

. Registro sanitario o autorización previa de carácter sanitario.

. Norma técnica obligatoria.

. Permiso fitosanitario o zoosanitario o que requieren licencia o registro de venta.

. Certificado de emisiones de prueba dinámica.

. Cupo por salvaguardias cuantitativas.

. Control por protección de la capa de ozono.

. Política de absorción de producción nacional.

ARTICULO 3o Adicional a los permisos mencionados en el artículo anterior, para los efectos del presente decreto se entienden sometidos a visto bueno previo a la importación:

. Los recursos pesqueros.

. Los vehículos o sus componentes no sometidos a norma técnica obligatoria.

. Los equipos de vigilancia y seguridad privada.

. Los isótopos radioactivos y material radioactivo.

. Las prendas privativas de la Fuerza...

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