Decreto 653 de 1990, por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario en materia de Retención en la Fuente, Procedimiento, Impuesto de Timbre y se dictan normas para el adecuado control de los recaudos. - 17 de Abril de 1990 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354204586

Decreto 653 de 1990, por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario en materia de Retención en la Fuente, Procedimiento, Impuesto de Timbre y se dictan normas para el adecuado control de los recaudos.

Número de Boletín39260

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

uso de las facultades constitucionales y legales,

y en especial de las establecidas en los numerales

3o y 11 del artículo 120 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

ARTICULO 1o Las compras efectuadas por sociedades de comercialización internacional no están sujetas a retención en la fuente.

No están sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 5o inciso primero del Decreto reglamentario 1512 de 1985 y 2o del Decreto reglamentario 3715 de 1986, los pagos o abonos en cuenta que efectúen las sociedades de comercialización internacional, por concepto de compras con destino a la exportación, siempre y cuando dichas sociedades expidan al vendedor, el certificado de compra a que se refiere el artículo 14 del Decreto 509 de 1988 en el cual se obligan a exportar el producto o productos adquiridos.

La certificación deberá conservarse por parte del vendedor como soporte de su contabilidad.

ARTICULO 2o Los rendimientos de los Títulos de Ahorro Educativo "TAE" no están sometidos a retención en la fuente.

No están sometidos a retención en la fuente los rendimientos financieros generados por los Títulos de Ahorro Educativo "TAE".

ARTICULO 3o Plazo para el pago de obligaciones tributarias a cargo de entidades intervenidas.

Las entidades que hubieren sido objeto de intervención administrativa por...

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