Decreto 1231 de 1994, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 21 de 1982. - 31 de Enero de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354204690

Decreto 1231 de 1994, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 21 de 1982.

Número de Boletín44312

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

en especial de las conferidas en el artículo 189,

numeral 11 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el subsidio familiar hacer parte integral de la seguridad social como prestación social del trabajador que alivia las cargas económicas en el sostenimiento y protección de la familia;

Que el artículo 48 de la Constitución Política señala que el servicio público de la seguridad social se prestará bajo los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad;

Que de acuerdo con el precitado artículo la seguridad social constituye un derecho irrenunciable para el ciudadano;

Que el artículo 48 de la Constitución Nacional establece la obligación del Estado, con la participación de los particulares, de ampliar progresivamente la cobertura de la seguridad social;

Que el artículo 42 de la Carta Política establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y que el Estado y esta garantizan la protección integral de la misma;

Que las cajas de Compensación Familiar en cumplimiento del principio de solidaridad y ayudan al Estado a prestar este servicio público y que por lo tanto son responsables de ampliar la cobertura y de colaborar con la protección de la familia a través del pago de la prestación social;

Que para lograr ampliar coberturas se hace necesario que las Cajas de Compensación paguen la prestación del subsidio familiar dentro de todo el territorio nacional;

Que es necesario mejorar la eficiencia del sistema de administración del subsidio familiar, introduciendo elementos que promuevan su competitividad de cara a su real beneficiario, el trabajador;

Que para incentivar la orientación de las Cajas de Compensación Familiar hacia una mayor eficiencia en la prestación del servicio, se hace necesario otorgar libertad de escogencia en cabeza del afiliado,

DECRETA:

ARTICULO 1o Derogado por el artículo 1 del Decreto 2834 de 1994, publicado en el Diario Oficial No.41.644 de diciembre 22 de 1994.

Texto original del Decreto 1231...

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