Decreto 0326 de 1992, POR EL CUAL SE ESTABLECEN LAS UNIDADES PRINCIPALES Y AUXILIARES DE LA SUBJEFATURA DEL DEPARTAMENTO ADMISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y SE SEÑALAN SUS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. - 28 de Abril de 1992 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354212554

Decreto 0326 de 1992, POR EL CUAL SE ESTABLECEN LAS UNIDADES PRINCIPALES Y AUXILIARES DE LA SUBJEFATURA DEL DEPARTAMENTO ADMISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y SE SEÑALAN SUS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Número de Boletín40436

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales que le confiere el ordinal 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y de las legales contempladas en el artículo 15 del Decreto 1680 de 1991,

DECRETA:

DEL DESPACHO DEL SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.

Artículo 1

? Establécese en el Despacho del Subjefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la Unidad Auxiliar de Control Interno, la cual tendrá las siguientes funciones y responsabilidades:

  1. Hacer el seguimiento de los actos, transacciones, operaciones y documentos que se produzcan en la actividad del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el Fondo Especial de la Presidencia de la República y el Fondo de Solidaridad y Emergencia Social, durante el término de su duración, para verificar el cumplimiento de las normas vigentes y los procedimientos establecidos y de acuerdo con las reglamentaciones de la Contraloría General de la República.

  2. Realizar evaluaciones sobre los procedimientos financieros y de operación.

  3. Estudiar y evaluar los registros financieros (contables,

    presupuestales y de tesorería) y de operación.

  4. Asistir a la Administración en el desarrollo de sus funciones mediante análisis, apreciaciones y recomendaciones para mejorar su eficiencia y productividad.

  5. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y programas de la Administración de acuerdo con las normas vigentes y los procedimientos establecidos.

  6. Examinar con antelación la ejecución de las transacciones y operaciones, los actos y documentos que las originan o respaldan para garantizar el cumplimiento de las normas vigentes y de los procedimientos establecidos.

  7. Determinar y comprobar la correcta contabilización e imputación de las operaciones y transacciones que afectan los presupuestos aprobados para el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y sus entidades adscritas. Igualmente comprobar la exactitud y confiabilidad de los datos

    contables, presupuestales y de tesorería.

  8. Verificar la adecuada utilización de los bienes del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y sus entidades adscritas, de acuerdo con la destinación oficial de los mismos.

  9. Comprobar la existencia física de los bienes de consumo y devolutivos localizados en el almacén general de la Presidencia de la República, así como de los bienes devolutivos asignados a las distintas dependencias, bajo la custodia y responsabilidad de los funcionarios del Departamento y tomar las medidas que garanticen su adecuada custodia y conservación.

  10. Evaluar el funcionamiento y aplicación del sistema de control interno implantado por el Departamento, para cada una de sus dependencias, y proponer las reformas y mejoras del mismo con el fin de proteger el patrimonio del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y sus entidades adscritas, y asegurar el cumplimiento de sus objetivos.

  11. Presentar los informes sobre la gestión de control que le solicite el Subjefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

  12. Responder patrimonialmente por los perjuicios que ocasione a la Administración o a terceros por sus actuaciones u omisiones en el ejercicio de sus funciones, sin menoscabo de las sanciones disciplinarias, penales y fiscales a que hubiere lugar.

  13. Rendir cuentas y responder ante las autoridades cuando éstas en desarrollo de sus funciones determinen que han sido violadas las normas vigentes en materia de control.

  14. Obtener la máxima eficacia, eficiencia y economía en todos los niveles de actuación y así mismo fomentar el desarrollo de las políticas administrativas establecidas y velar por el estricto cumplimiento de las mismas.

  15. Las demás que le sean asignadas por el Subjefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

    DEL AREA DE RECURSOS HUMANOS.

Artículo 2

? El Area de Recursos Humanos tendrá las siguientes funciones y responsabilidades:

  1. Proponer políticas, planes y programas relacionados con la administración de personal, en coordinación con las demás dependencias.

  2. Dirigir, evaluar y controlar los procesos inherentes a la administración del personal que requiera la Presidencia de la República.

  3. Realizar los estudios referentes a la clasificación de los empleos y elaborar los manuales de descripción de los mismos.

  4. Elaborar el reglamento interno de trabajo para el personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y una vez adoptado velar por su cumplimiento.

  5. Elaborar el reglamento interno de higiene y seguridad y velar por su cumplimiento.

  6. Elaborar los programas de selección de personal y llevarlos a cabo de conformidad con las normas vigentes y las políticas del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

  7. Dar información a los funcionarios del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República sobre las normas de administración de personal y sobre los procedimientos y funciones. Así mismo, orientar y dar la inducción necesaria sobre la estructura y funcionamiento de la entidad y funciones que le correspondan a las personas que se vinculen al servicio.

  8. Formular los programas de capacitación y perfeccionamiento de los empleados para optimizar la gestión pública.

  9. Coordinar los registros, el control y las estadísticas de personal.

  10. Expedir los certificados de tiempo de servicio del personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

  11. Actuar como Secretario de la Comisión de Personal, elaborar y llevar el registro de las actas correspondientes.

  12. Dirigir y coordinar las actividades de la Unidad Principal de Personal y de la Unidad Principal de Bienestar Social y de Capacitación y efectuar la evaluación de su gestión.

  13. Velar y responder por el cumplimiento de las normas que rigen la administración del personal.

  14. Verificar el cumplimiento de las funciones, horarios y demás obligaciones de los empleados del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

  15. Coordinar y velar por el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por la Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria "Capresub".

  16. Las demás que le sean asignadas por el Subjefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Artículo 3

? Establécese la Unidad Principal de Personal, como una dependencia del Area de Recursos Humanos, la cual tendrá las siguientes funciones y responsabilidades.

  1. Atender y tramitar los asuntos relativos a la administración de personal y llevar el registro y control sobre las novedades que se produzcan.

  2. Llevar los registros, el control y las estadísticas de personal.

  3. Proponer las normas y programas de seguridad industrial para el personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y velar por su cumplimiento.

  4. Atender, tramitar y llevar el control de las licencias, permisos, vacaciones concedidas al personal, e informar oportunamente a los respectivos superiores.

  5. Comunicar oportunamente las incapacidades médicas del personal a las diferentes dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

  6. Preparar los certificados de tiempo de servicio del personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República para la firma del Jefe del Area de Recursos Humanos.

  7. Atender y tramitar los asuntos relacionados con el cumplimiento y pago de las prestaciones sociales de los funcionarios del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

  8. Atender y tramitar las comisiones tanto en el interior del país como al exterior y el pago oportuno de los viáticos y pasajes correspondientes a los funcionarios de la Presidencia de la República, de conformidad con las normas y reglamentos vigentes.

  9. Atender y tramitar el reconocimiento y pago de las horas extras, en forma oportuna, de los funcionarios del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

  10. Responder patrimonialmente por los perjuicios que ocasione a la Administración o a terceros por sus actuaciones u omisiones en el ejercicio de sus funciones, sin menoscabo de las sanciones disciplinarias, penales y fiscales a que hubiere lugar.

  11. Elaborar y tramitar oportunamente la nómina del personal que presta sus servicios en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

  12. Presentar los informes que le solicite el Jefe del Area de Recursos Humanos en relación con los asuntos a su cargo.

  13. Las demás que le sean asignadas por el Jefe del Area de Recursos Humanos.

Artículo 4

? Establécese la Unidad Principal de Bienestar Social y de Capacitación, como una dependencia del Area de Recursos Humanos, la cual tendrá...

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