Decreto 0332 de 1992, por el cual se aclara y modifica parcialmente el Decreto 2824 del 19 de diciembre de 1991. - 1 de Abril de 1992 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354212826

Decreto 0332 de 1992, por el cual se aclara y modifica parcialmente el Decreto 2824 del 19 de diciembre de 1991.

Número de Boletín40402

ACTUALIZACION: El artículo 900 del Decreto 741 del 20 de abril de 1993

establece: "El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

y deroga las disposiciones de carácter reglamentario que le sean contrarias

y en especial las contenidas en el Decreto 2824 de 1991 y las que lo

modifiquen".

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las

que le confiere el artículo 1o. de la Ley 72 de 1989 y los Decretos-leyes

1900 y 1901 de 1990,

DECRETA:

&$ARTICULO 1o. El artículo 34o. del Decreto 2824 de 1991 quedará así:

"Artículo 3o. Cubrimiento del servicio. El servicio de telefonía móvil celular tendrá un cubrimiento nacional. Para efectos de los planes de expansión del servicio y de adjudicación de la Licitación de que trata el artículo 55o. de este Decreto, se establecen los siguientes Polos Técnicos de Desarrollo (PTD), clasificados en dos tipos:

  1. Polos Técnicos de Desarrollo Tipo A (PTDA):

    PDTA número 1. Santafé de Bogotá, D.C.

    PDTA número 2. Barranquilla, Cartagena y Santa Marta.

    PDTA número 3. Medellín.

    PDTA número 4. Cali.

    PDTA número 5. Bucaramanga.

  2. Polos Técnicos de Desarrollo Tipo B (PTDB):

    Los Polos Técnicos de Desarrollo Tipo B (PTDB) dependen de los Polos Técnicos de Desarrollo Tipo A (PTDA) y comprenden todas las demás capitales departamentales de más de ochenta mil (80.000) habitantes. Se distribuyen así:

    Grupo 1: Depende técnicamente del PTDA número 1 y enlaza las siguientes ciudades: Ibagué, Neiva, Villavicencio, Tunja y Florencia.

    Grupo 2: Depende técnicamente del PTDA número 2 y enlaza las siguientes ciudades: Riohacha, Sincelejo, Montería y Valledupar.

    Grupo 3: Depende técnicamente del PTDA número 3 y enlaza las siguientes ciudades: Quibdó, Pereira, Armenia y Manizales.

    Grupo 4: Depende técnicamente del PTDA número 4 y enlaza las siguientes ciudades: Popayán y Pasto.

    Grupo 5: Depende técnicamente del PTDA número 5 y enlaza la ciudad de Cúcuta.

    PARAGRAFO. Se modifica el Anexo número 1 del Decreto 2824 de 1991 en el sentido de que los municipios de Valledupar, Curumaní, San Diego, Pailitas, Aguachica, San Martín, San Alberto y González del Departamento de Cesar, pasan a formar parte del Grupo número 2 y dejan de formar parte del Grupo número 5".

    &$ARTICULO 2o.

    El artículo 67o. del Decreto 2824 de 1991 quedará así:

    "Artículo 6o. Operadores en la Red Celular A: Sólo podrán participar en la Licitación en cuanto a la Red Celular A, las sociedades...

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