DECRETO 358 RD 6351 - 12 de Julio de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 732783813

DECRETO 358 RD 6351

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6351 12 JULIO 2018
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6351 • pP. 1-1 • 2018 • JUlIO 12
AÑO 51
Número 6351
2018 JUlIO 12
REGISTRO
DISTRITAL
DECRETOS DE 2018
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 358
(Julio 4 de 2018)
“Por medio del cual se corrige la Plancha 2 de 4
“Usos Permitidos” de la Unidad de Planeamiento
Zonal – UPZ No. 95 LAS CRUCES de la Localidad
de Santa Fe, adoptada por el Decreto Distrital
492 de 2007”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial
de las conferidas por el numeral 4 del artículo
38 del Decreto Ley 1421 de 1993, los artículos
334 y 426 del Decreto Distrital 190 de 2004 y
el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 - Código
de Procedimiento Administrativo y de lo
Contencioso Administrativo, y,
CONSIDERANDO:
Que el numeral 4° del artículo 38 del Decreto Ley
1421 de 1993 señala como atribución a cargo del
Alcalde Mayor la de ejercer la potestad reglamentaria
mediante la expedición de Decretos, entre otros actos
administrativos.
Que el artículo 43 del Decreto Distrital 190 de 2004
– Plan de Ordenamiento Territorial, establece que
los instrumentos de planeamiento urbanístico “(…)
constituyen procesos técnicos que, mediante actos
expedidos por las autoridades competentes, contienen
decisiones administrativas para desarrollar y comple-
mentar el Plan de Ordenamiento territorial (…)”, entre
estos se encuentran las Unidades de Planeamiento
Zonal.
Que el artículo 334 del Decreto ibídem señala el pro-
cedimiento para la expedición de la norma especíca
de los sectores normativos e indica que la misma se
precisa mediante chas reglamentarias en el marco
de las Unidades de Planeamiento Zonal.
Que el artículo 426 del citado Decreto dispone que
“(…) La cha normativa es un instrumento de carác-
ter reglamentario, adoptado por Decreto del Alcalde
Mayor, mediante el cual se establecen las normas
urbanísticas para determinados sectores de la ciudad
donde coinciden un tratamiento urbanístico con un
área de actividad. (…)”.
Que mediante el Decreto Distrital 492 del 26 de octubre
de 2007 se reglamentó la Unidad de Planeamiento Zo-
nal - UPZ No. 95 Las Cruces ubicada en la Localidad
de Santa Fe, según las disposiciones establecidas en
el Decreto Distrital 190 de 2004 que compiló las normas
del Plan de Ordenamiento Territorial.
Que mediante radicaciones Nos. 1-2017-07619 del 13
de febrero de 2017 y 1-2017-11323 del 2 de marzo de
2017, el señor Luis Miguel Contreras Herrera solicitó
a la Secretaría Distrital de Planeación “(…) corregir o
aclarar el uso DOTACIONALES como fue estipulado
en el Decreto 492 de 2007 y su cha normativa”, dado
para el predio con nomenclatura KR 14 4 54 denomi-
nado Centro Comercial Campo David.
Que en virtud a lo solicitado por el señor Luis Miguel
Contreras Herrera, la Dirección de Norma Urbana de
la Secretaría Distrital de Planeación en el desarrollo
de las funciones y competencias atribuidas en el ar-
tículo 14 del Decreto Distrital 016 de 2013, mediante
memorando interno No 3-2017-03167 del 27 de febrero
de 2017 solicitó a la Dirección de Planes Maestros y
Complementarios de la misma entidad indicar si al
predio ubicado en la KR 14 4 54 denominado Centro
Comercial Campo David le es aplicable alguna de las
condiciones de permanencia establecidas en el artículo
344 del Decreto Distrital 190 de 2004.

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