Decreto 960 de 2009 - 29 de Noviembre de 1993 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 359559446

Decreto 960 de 2009

Número de Boletín41120

Que En El Artículo 2º de la Parte Resolutiva del Decreto 288 del 2 de Febrero de 2009, Al Citar El Decreto 4589, Aparece El Año de 2007, Siendo 2006 El Año Correcto, Por Lo Cual Se Hace Necesario Corregir El Yerro Tipográfico

DECRETA:

Artículo 1° El Artículo 2º del Decreto 288 del 2 de febrero de 2009 quedará así:

ARTICULO 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1º del Decreto 4589 de 2006.

Artículo 2° El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en El Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de marzo de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

Luís Guillermo Plata Páez

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