Decreto 3913 de 2004, por el cual se aprueba la planta de personal de empleados públicos de la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC. - 25 de Noviembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43216195

Decreto 3913 de 2004, por el cual se aprueba la planta de personal de empleados públicos de la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC.

EmisorMinisterio de Comunicaciones
Número de Boletín45743

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 3525 del 26 de octubre de 2004, se autorizó la creación de la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, como una sociedad entre entidades públicas, indirecta, del orden nacional, sometida al régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado;

Que la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública los estudios de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de establecer su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento Administrativo;

Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó el certificado de viabilidad presupuestal;

Que la Junta Directiva de la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, sometió a la aprobación del Gobierno Nacional su planta de personal, de acuerdo con el Acta de la Junta número 01 de 2004,

DECRETA:

Artículo 1º Planta de empleados públicos

Establécese la planta de personal de empleados públicos de acuerdo con los estatutos de la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, de la siguiente manera:

Nº de cargos Denominación del cargo Código Grado

1 (uno) Gerente de Entidad Descentralizada 0015 25

1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 16

3 (tres) Subgerente de Entidad Descentralizada 0040 23

1 (uno) Asesor 1020 09

1 (uno) Asesor 1020 08

1 (uno) Profesional Especializado 3010 19

1 (uno) Profesional Universitario 3020 14

Artículo 2° Transitorio

Los certificados de disponibilidad presupuestal para la vinculación inicial del Gerente y Subgerente de Soporte Corporativo de la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, serán expedidos por el Jefe de Presupuesto o quien haga sus veces del Ministerio de Comunicaciones, con cargo al presupuesto de funcionamiento de RTVC.

Artículo 3° Distribución de los cargos

El Gerente de la entidad distribuirá y ubicará los cargos establecidos en el presente Decreto atendiendo las...

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