Decreto 4238 de 2004, por el cual se aprueba la planta de personal de trabajadores oficiales de la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC. - 18 de Diciembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43217072

Decreto 4238 de 2004, por el cual se aprueba la planta de personal de trabajadores oficiales de la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC.

EmisorMinisterio de Comunicaciones
Número de Boletín45766

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto No. 3525 del 26 de Octubre de 2004, se autorizó la creación de la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, como una sociedad entre entidades públicas, indirecta, del orden nacional, sometida al régimen de las empresas industriales y comerciales del Estado;

Que la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública los estudios de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de establecer su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento Administrativo;

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal;

Que la Junta Directiva de la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, sometió a la aprobación del Gobierno Nacional su planta de personal, de acuerdo con el Acta de la Junta número 01 de 2004,

DECRETA:

Artículo 1° Planta de Trabajadores Oficiales

El número de trabajadores oficiales al servicio de la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, será de sesenta y tres (63).

Artículo 2° Distribución de los cargos

El Gerente de la entidad distribuirá y ubicará los cargos establecidos en el presente decreto atendiendo las necesidades de la sociedad, los planes y programas y las necesidades del servicio.

Artículo 3° Vigencia

El presente decreto rige a partir de la fecha...

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