DECRETO 002 RD 5040 - 9 de Enero de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 434903358

DECRETO 002 RD 5040

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5040 9 ENERO 2013
EmisorAlcaldia Mayor
9
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5040 • pP. 1-9 • 2013 • ENERO 9
además de las funciones especícas denidas en el
presente decreto, tendrán las siguientes funciones
generales aplicables en lo pertinente:
a) Asesorar y apoyar a las demás dependen-
cias de la entidad y entidades distritales en
los asuntos de su competencia.
b) Formular en coordinación con la Subsecre-
taría Corporativa el plan de gestión y los
planes de acción y contratación.
c) Ejecutar, en coordinación con la Dirección
de Planeación los recursos presupuestales
de acuerdo con las políticas, objetivos y
metas.
d) Elaborar y presentar oportunamente los
informes de gestión que requieran el/la
Alcalde(sa), las entidades distritales, los
entes de control y las demás dependencias
de la Secretaría Distrital de la Mujer.
e) Responder por la memoria institucional, la
clasicación, organización y conguración
de los archivos de gestión y su transferen-
cia al archivo central de esta Secretaría,
conforme a las normas especiales que
determinen la materia.
f) Promover el trabajo en equipo mediante
la creación de grupos transversales con-
formados por servidores de las diferentes
entidades distritales, que realizan tareas
comunes, en aquellas áreas de la ad-
ministración en que le corresponda a la
Secretaría Distrital de la Mujer ejercer el
liderazgo de acuerdo con su objeto.
g) Interactuar en la coordinación del proceso
de retroalimentación oportuno y de calidad
con las demás dependencias de esta Se-
cretaría.
h) Preparar los proyectos de actos adminis-
trativos de su dependencia.
i) Coordinar e interactuar cada una de las de-
pendencias de la Secretaría en el proceso
de acceso a la información que se genere
en la Entidad y que requiera la ciudadanía
para el control social de la gestión.
j) Cada dependencia debe promover la cul-
tura de autocontrol enfocado al Sistema In-
tegrado de Gestión participar en todos los
acciones necesarias para el mejoramiento
continuo.
k) Propender por generar condiciones de un
buen clima laboral para la optimización del
Talento humano.
l) Garantizar que se ejerza el control interno
sobre cada uno de los procesos y proce-
dimientos del área.
m) Las demás que le sean propias de acuerdo
con la naturaleza de la dependencia.
CAPITULO IV
DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 16º.- Vigencias. El presente decreto rige
a partir de la fecha de su publicación en el Registro
Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes
de enero de dos mil trece (2013).
OSCAR SANCHEZ JARAMILLO
Alcalde Mayor (E.)
CESAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA
Director Departamento Administrativo del servicio Civil
Distrital
Decreto Número 002
(Enero 3 de 2013)
“Por medio del cual se establece la planta de
empleos de la Secretaría Distrital de la Mujer”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. (E)
En ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, en especial de las conferidas por el
numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421
de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 125 de la Constitu-
ción Política, los empleos en los órganos y entidades
del Estado son por regla general de carrera y dispone
que “Los empleos en los órganos y entidades del
Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección
popular, los de libre nombramiento y remoción, los de
trabajadores ociales y los demás que determine la
ley. Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento
no haya sido determinado por la Constitución o la ley,

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