Decreto 4366 de 2005, por el cual se retira del servicio a un Notario y se efectúa un nombramiento en interinidad. - 26 de Noviembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43230538

Decreto 4366 de 2005, por el cual se retira del servicio a un Notario y se efectúa un nombramiento en interinidad.

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín46104

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 181 y 182 del Decreto-ley 960 de 1970, 5° del Decreto 2163 de 1970, 66 y 74 del Decreto 2148 de 1983 y 1° del Decreto 3047 de 1989, y

CONSIDERANDO:

Que el doctor Rodrigo Castaño Alvarez Notario Primero del Círculo de Manizales, Caldas, cumplió 65 años de edad el 4 de marzo de 2005, según se infiere de la copia del Registro Civil de Nacimiento que reposa en la Superintendencia de Notariado y Registro;

Que el Decreto 3047 de 1989 establece como edad de retiro forzoso para los Notarios, la de 65 años;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 182 del Decreto-ley 960 de 1970, el retiro se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público, de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de la causal;

Que conforme al artículo 5° del Decreto 2163 de 1970 los notarios de primera categoría son nombrados por el Gobierno Nacional;

Que por los motivos mencionados se hace necesario retirar del servicio al doctor Rodrigo Castaño Alvarez y proveer el cargo de Notario Primero del Círculo de Manizales, Caldas;

Que con fundamento en la certificación expedida por el Superintendente de Notariado y Registro, el doctor Martín Julián Orozco Gómez , identificado con la cédula de ciudadanía 10267031 de Manizales, no se encuentra en circunstancias que impidan el ejercicio de la función notarial y reúne los requisitos exigidos en el artículo 153 del Decreto-ley 960 de 1970 y en el numeral 2 literal a) del artículo 60 del Decreto 2148 de 1983, para desempeñarse como Notario de primera categoría.

DECRETA:

Artículo 1°...

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