DECRETO 249 RD 5136 - 11 de Junio de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 441414510

DECRETO 249 RD 5136

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5136 11 JUNIO 2013
EmisorAlcaldia Mayor
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5136 • pP. 1-5 • 2013 • JUNIO 11
establecido en la Ley 1116 de 2006, a los procesos de
reestructuración regulados por la Ley 550 de 1999, la
Ley 1066 de 2006 y por los Convenios de Desempeño.
Los sujetos pasivos, contribuyentes, responsables,
agentes de retención a los que se reere este parágra-
fo, que incumplan los acuerdos de pago del presente
Decreto perderán de manera automática el benecio
consagrado en esta disposición. En estos casos las
ocinas de cobro, o quienes hagan sus veces, de la
Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, iniciarán
de manera inmediata el proceso de cobro del cincuenta
por ciento (50%) de la sanción y de los intereses cau-
sados hasta la fecha de pago de la obligación principal,
sanciones o intereses, y los términos de prescripción
y caducidad se empezarán a contar desde la fecha
en que se efectué el pago de la obligación principal.
Para el caso de la contribución de valorización admi-
nistrada por el Instituto de Desarrollo Urbano-IDU, en
el evento que el responsable obligado al pago de dicha
contribución incumpla el acuerdo de pago establecido
en el presente decreto, perderá de manera automática
el benecio consagrado en esta disposición. En este
caso, a través de la dependencia que corresponda,
según su estructura organizacional y funcional, se
iniciará de manera inmediata el proceso de cobro del
cincuenta por ciento (50%) de los intereses causados
hasta la fecha de pago de la obligación principal y los
intereses; y los términos de prescripción y caducidad se
empezarán a contar desde la fecha en que se efectúe
el pago de la obligación principal.
ARTÍCULO 12º.- Vigencia. El presente Decreto rige
a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los seis (6) días del mes
de junio del año dos mil trece (2013).
GUSTAVO PETRO U.
Alcalde Mayor
RICARDO BONILLA GONZÁLEZ
Secretario Distrital de Hacienda
RAFAEL EDUARDO RODRÍGUEZ ZAMBRANO
Secretario Distrital de Movilidad
Decreto Número 249
(Junio 6 de 2013)
“Por medio del cual se hace un nombramiento”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial
las conferidas en el numeral 8 del Artículo 38 del
Decreto Ley 1421 de 1993,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Nombrar al doctor NÉSTOR GARCÍA
BUITRAGO, identicado con la cédula de ciudadanía
No. 7.519.411, en el cargo de Secretario de Despa-
cho Código 020 Grado 09 de la Secretaría Distrital de
Ambiente.
ARTÍCULO 2°. Notifíquese al doctor NÉSTOR GAR-
CÍA BUITRAGO, el contenido del presente Decreto
Distrital, a través de la Subdirección de Gestión Docu-
mental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 3°. Comuníquese a la Secretaría Distrital
de Ambiente el contenido del presente Decreto Distrital,
a través de la Subdirección de Gestión Documental de
la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C.
ARTÍCULO 4°. El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los seis (6) días del mes
de junio del año dos mil trece (2013).
GUSTAVO PETRO U.
Acalde Mayor
(Junio 6 de 2013)
“Por medio del cual se hace un nombramiento”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial
las conferidas en el numeral 8 del Artículo 38 del
Decreto Ley 1421 de 1993,

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