DECRETO 453 RD 6146 - 30 de Agosto de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 693401629

DECRETO 453 RD 6146

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6146 30 AGOSTO 2017
EmisorAlcaldia Mayor
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6146 • pP. 1-7 • 2017 • AGOSTO 30
administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de
transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso
la corrección dará lugar a cambios en el sentido mate-
rial de la decisión, ni revivirá los términos legales para
demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá
ser noticada o comunicada a todos los interesados,
según corresponda”. (Subrayado fuera de texto).
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Corregir la condición asignada al
Uso Industrial aplicable a los Subsectores I y II del
Sector Normativo 1 denida en la cha normativa de
la Plancha 2 y 3 “Usos Permitidos” de la Unidad de
Planeamiento Zonal - UPZ No. 12 Toberín, quedando
únicamente la condición 10 de la siguiente manera:
III III
DESCRIPCIÓN
USO
SECTOR 1
Comercio Cualificado
SUBSECTOR
INDUSTRIA
R
10
“10. Únicamente se permiten las actividades de
producción o industriales clasicadas como de
bajo y medio impacto ambiental, bajo condiciones
que para el efecto determine la Secretaría Distrital
de Ambiente.”
ARTÍCULO 2°. Ordenar a la Dirección de Información,
Cartografía y Estadística de la Secretaría Distrital de
Planeación, actualizar en lo pertinente la Plancha 2 de
3 “Usos Permitidos” conforme a la corrección referida
en el artículo primero del presente Decreto.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto rige a partir del
día siguiente a su fecha de publicación en el Registro
Distrital, de conformidad con el artículo 21 del De-
creto Distrital 654 de 2011 y deberá ser publicado en
la Gaceta de Urbanismo y Construcción de Obra de
conformidad con el artículo 462 de Decreto Distrital
190 de 2004.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los veintiocho (28) días
del mes de agosto de dos mil diecisiete (2017).
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
ANDRÉS ORTÍZ GÓMEZ
Secretario Distrital de Planeación
Decreto Número 453
(Agosto 28 de 2017)
“Por medio del cual se corrige el Plano Usos
Permitidos Código 39-12 respecto del Sector
Normativo 12 de la Unidad de Planeamiento
Zonal – UPZ No. 39 Quiroga, adoptada por el
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial de
las conferidas por el numeral 4 del artículo 38 del
Decreto-Ley 1421 de 1993, en concordancia con
los artículos 334 y 426 del Decreto 190 de 2004,
y el artículo 45 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 334 del Decreto Distrital 190 de 2004
establece el procedimiento para la expedición de la
norma especíca de los sectores normativos, y dispone
que con base en éste los decretos que adopten las
chas reglamentarias podrán precisar y ajustar, en el
marco de cada UPZ, las condiciones especícas de
aplicación y cobertura del régimen de usos y tratamien-
tos previstos a nivel general en el POT.
Que el artículo 426 del Decreto ibídem señala que la
cha normativa es un instrumento de carácter regla-
mentario, mediante el cual se establecen las normas
urbanísticas para determinados sectores de la ciudad
donde conuye un tratamiento urbanístico con un área
de actividad.
Que con radicación No. 1-2016-36219 del 25 de julio de
2016, el señor Ramón Manuel Sandoval Mayorga soli-

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