DECRETO 455 RD 6369 - 10 de Agosto de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 736606517

DECRETO 455 RD 6369

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6369 10 AGOSTO 2018
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6369 • pP. 1-8 • 2018 • agosto 10
8
Para lo anterior los Inspectores de Policía o Corregi-
dores Distritales de Policía remitirán a la Secretaría
Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia toda
la información pertinente conforme a los requisitos
establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda
ARTÍCULO 14. VIGENCIA. El presente decreto rige a
partir del día siguiente de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C. al primer (1) día del mes
de agosto dos mil dieciocho (2018).
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
Decreto Número 455
(Agosto 1 de 2018)
“Por medio del cual se crea el Comité Distrital
de Derechos Humanos, los Comités Locales
de Derechos Humanos y se dictan otras
disposiciones”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus atribuciones Constitucionales y
legales, en especial las conferidas por el artículo
35 y 38 numerales 1, 3 y 4 del Decreto Ley 1421
de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que según el artículo 93 de la Constitución Política, el
Estado maniesta su compromiso en el cumplimiento
de las obligaciones adquiridas en los tratados y con-
venios internacionales raticados por el Congreso, que
reconocen los Derechos Humanos.
Que el artículo 315 ídem, señala que son atribuciones
del alcalde cumplir y hacer cumplir la Constitución, la
ley y los decretos del Gobierno Nacional.
Que el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 4100
del 2 de noviembre de 2011, compilado en el Decreto
Nacional 1081 de 2015, creó el Sistema Nacional de
Derechos Humanos y Derecho Internacional Humani-
tario, como una estrategia para la promoción y garantía
de los mismos. Así mismo, este Decreto en su artículo
18 establece la creación de una instancia a nivel terri-
torial como parte de dicho Sistema, con las funciones
de diseñar, implementar, hacer seguimiento y evaluar
la Política Integral de Derechos Humanos y Derecho
Internacional Humanitario en la respectiva jurisdicción.
Que el artículo 94 del Acuerdo Distrital 645 de 2016
“Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Econó-
mico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para
Bogotá D.C. 2016-2020 “Bogotá Mejor para Todos”,
establece: “Créase el Sistema Distrital de Derechos
Humanos, el cual será liderado por la Secretaría Dis-
trital de Gobierno, como plataforma articuladora de las
normas, políticas, programas, entidades e instancias
de los niveles nacional, distrital y local encargados
de formular, ejecutar y evaluar la Política Integral de
Derechos Humanos en el Distrito Capital. Este siste-
ma y todas las prácticas y políticas que lo desarrollen
tendrán un Enfoque Basado en Derechos Humanos
-EBDH-, como marco normativo de principios y reglas
que busca la aplicación coherente de las normas y
estándares internacionales vigentes, en materia de
derechos humanos, en el Distrito.”
Que mediante el Acuerdo Distrital 698 de 2018 “Por
el cual se establecen los objetivos y principios del
Sistema Distrital de Derechos Humanos y se deroga
el Acuerdo Distrital 4 de 1994”, se establecieron los
objetivos y principios del Sistema Distrital de Derechos
Humanos, y se facultó a la Administración Distrital para
crear y reglamentar las instancias que se consideren
pertinentes para la implementación del Sistema Dis-
trital de Derechos Humanos.
Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4
del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, le co-
rresponde al Alcalde Mayor de Bogotá D.C., “Ejercer
la potestad reglamentaria, expidiendo los Decretos,
órdenes y resoluciones necesarios para asegurar la
debida ejecución de los acuerdos”, dentro de lo cual
se justica la expedición de este Decreto.
Que el Decreto Distrital 547 de 2016 “Por medio del
cual se fusionan y reorganizan las Instancias de Coor-
dinación con fundamento en las facultades extraor-
dinarias otorgadas al Alcalde Mayor de Bogotá por
el artículo 118 del Acuerdo 645 de 2016, y se dictan
otras disposiciones”, mantiene el Comité Distrital de
Defensa, Protección y Promoción de los Derechos
Humanos de Bogotá, D.C., creado por el Acuerdo
Distrital 4 de 1995
Que el Acuerdo Distrital 4 de 1995, fue derogado por
el Acuerdo Distrital 698 de 2018, pero el artículo 5
ídem, facultó a la Administración Distrital para crear y
reglamentar las instancias que considere pertinentes
para la implementación del Sistema Distrital de Dere-
chos Humanos.
Que el gobierno distrital, basado en el principio de
coordinación y concurrencia de la administración
pública y a partir del Decreto Nacional 1188 de 2003
“Por medio del cual se establecen procedimientos para

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR