Decreto 4724 de 2005, por medio del cual se adiciona y modifica el Decreto 1484 del 11 de mayo de 2005. - 27 de Diciembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43231834

Decreto 4724 de 2005, por medio del cual se adiciona y modifica el Decreto 1484 del 11 de mayo de 2005.

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín46134

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad establecida en el Numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en concordancia con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 401 de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 16 de la Ley 401 de 1997 establece que ¿Cuando se presenten insalvables restricciones en la oferta de gas natural o situaciones de grave emergencia, no transitorias, que impidan garantizar un mínimo de abastecimiento de la demanda, el Gobierno Nacional, de acuerdo con los ordenamientos, y parámetros establecidos en la Ley 142 de 1994, y previo concepto del Consejo Nacional de Operación de Gas, fijará el orden de atención prioritaria de que se trate, teniendo en cuenta los efectos sobre la población, las necesidades de generación eléctrica, los contratos debidamente perfeccionados, así como todos aquellos criterios que permitan una solución equilibrada de las necesidades de consumo en la región o regiones afectadas¿.

Que en desarrollo de la Norma en mención, el Gobierno Nacional previo concepto del Consejo Nacional de Operación de Gas, expidió el Decreto 1484 de 11 de mayo de 2005, ¿Por el cual se fija el orden de atención prioritaria cuando se presenten insalvables restricciones en la oferta de Gas Natural o situaciones de grave emergencia, no transitorias, que impidan garantizar un mínimo de abastecimiento de la demanda¿.

Que, toda vez que la adecuada asignación del gas natural en eventos de Racionamiento Programado depende directamente de las causas que originen el déficit de suministro o transporte y de los efectos que cada situación específica genere, se hace necesario adicionar el Decreto 1484 de 2005 en orden a establecer que en dichos eventos, el Ministerio de Minas y Energía en cada caso, al declarar el Racionamiento Programado fijará el orden de atención entre los Agentes que tengan el mismo nivel de prioridad, de conformidad con los contratos de suministro y transporte de gas natural debidamente perfeccionados entre los Agentes;

Que se hace necesario establecer mecanismos que faciliten la vigilancia y control de la adecuada aplicación de lo dispuesto en el Decreto 1484 de 2005;

Que de conformidad con...

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