DECRETO 481 RD 5460 - 28 de Octubre de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 541464826

DECRETO 481 RD 5460

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5460 28 OCTUBRE 2014
EmisorALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5460 • pP. 1-8 • 2014 • OCTUBRE 28
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Administrativo de la Defensoría del Espacio Público,
para que adelante las diligencias de inclusión del predio
en el inventario de bienes del Distrito Capital, con el
n de que se determine su administración, custodia
y manejo.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días
del mes octubre de dos mil catorce (2014).
GUSTAVO PETRO U.
Alcalde Mayor
GLORIA FLÓREZ SCHNEIDER
Secretaria Distrital de Gobierno
MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ
Secretaría Distrital de Ambiente
Decreto Número 481
(Octubre 24 de 2014)
“Por el cual se adopta el Plan Director del Parque
Zonal PZ-44 La Estación en Bogotá D.C.”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades legales, en
especial de las que le coneren los Numerales
3 y 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de
1993, el parágrafo 2 del artículo 252 del Decreto
Distrital 190 de 2004, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 43 del Decreto Distrital 190 de 2004,
establece que los instrumentos de planeamiento
urbanístico “(…) constituyen procesos técnicos que,
mediante actos expedidos por las autoridades com-
petentes, contienen decisiones administrativas para
desarrollar y complementar el Plan de Ordenamiento
Territorial (…)”, y contempla entre otros instrumentos
de planeamiento del territorio del Distrito Capital, los
planes directores para parques.
Que el parágrafo 2 del artículo 243 del Decreto Dis-
trital 190 de 2004 - Plan de Ordenamiento Territorial
dispone: “Parágrafo 2. La preservación, manejo,
intervención y uso de los parques de escala regional,
metropolitana y zonal, serán determinados por los Pla-
nes Directores. El Plan Director deberá armonizarse y
complementarse con los Planes de Manejo Ambiental,
en los casos de formar parte de la Estructura Ecológica
Principal del Distrito”.
Que el artículo 244 del Decreto Distrital 190 de 2004
identica los parques distritales que conforman el
sistema, en el cual se incluye el Parque Zonal PZ-
44 La Estación, como uno de los parques urbanos
proyectados, en tanto que no se precisa un escenario
de ejecución denido ni se reporta estado de avance.
Que la delimitación del área de los parques es objeto
de precisión en el Plan Director que debe formular el
Instituto Distrital de Recreación y Deporte, cuyo conte-
nido establecido en el artículo 252 del citado Decreto
Distrital 190 de 2004, señala dentro de las decisiones
de ordenamiento la denición de las áreas y los linde-
ros del parque, entre, otros aspectos.
Que de acuerdo con lo establecido por el parágrafo
1° del artículo 252 del Decreto Distrital 190 de 2004,
“El Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte
(IDRD) será la entidad encargada de formular los
Planes Directores de los parques de escala regional,
metropolitana y zonal (…)”
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos
7, 8 y 9 del Decreto Nacional 2820 de 2010, los planes
directores de parques metropolitanos y zonales están
excluidos de adelantar licencia ambiental o planes de
manejo ambiental.
Que el artículo 42 del Decreto Distrital 215 de 2005,
“Por el cual se adopta el Plan Maestro de Espacio
Público para Bogotá Distrito Capital, y se dictan otras
disposiciones”, denió el programa de provisión, re-
cuperación y mantenimiento del sistema de parques
metropolitanos y zonales que se enmarca en la Política
de Cubrimiento y Accesibilidad del Espacio Público,
con el objetivo de proveer, recuperar y mantener los
parques distritales de escala metropolitana y zonal,
que actúan como reguladores del equilibrio ambiental.
Que de conformidad con lo dispuesto en el anexo 2-
CUADRO INDICATIVO DE CLASIFICACIÓN DE LOS
PARQUES QUE CONFORMAN LA RED GENERAL
DEL SISTEMA DISTRITAL DE PARQUES, del Decreto
Distrital 308 de 2006,”Por el cual se adopta el Plan
Maestro de Equipamientos Deportivos y Recreativos”,
modicado parcialmente por el Decreto Distrital 484
de 2007, el parque Zonal La Estación está clasicado
dentro de la Red General del Sistema Distrital de Par-
ques cuya vocación es cívico.
Que mediante el Decreto Distrital 262 de 2010 se regla-
mentó la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No. 98,
LOS ALCÁZARES, ubicada en la Localidad de Barrios
Unidos, la cual prevé que “en los instrumentos que se
planteen en desarrollo del POT, podrán efectuarse

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